MESA SECTORIAL DE 27 DE FEBRERO DE 2026 SOBRE MODIFICACIÓN DE RPT
Preside la Mesa Sectorial el Director General de Recursos Humanos y Función Pública, acompañado de la Subdirectora de Análisis y Evaluación de Puestos de Trabajo, y la Jf Sv. de R.P.T.
Por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (por videoconferencia), el Jf. de Sv. de Gestión de Personal No Docente.
Por la Consejería de Industria, Energía y Minas, su S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal y Administración General.
Tras la presentación inicial, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Por parte de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional (por videoconferencia), el Jf. de Sv. de Gestión de Personal No Docente.
Por la Consejería de Industria, Energía y Minas, su S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal y Administración General.
Tras la presentación inicial, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía.
PUNTO PRIMERO: MODIFICACIÓN DE RPT DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCA- TIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL (EXPTE. 504/25)
Tras la brevísima intervención del representante Centro Directivo proponente...
En primer lugar, manifestar que no asistimos a la Mesa Técnica por un problema de comunicación con el cambio de fecha ya que se remitió a otro correo en lugar del que se debe remitir para las convocatorias de ámbito de negociación, y que en varias ocasio- nes se ha facilitado a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para evitar este tipo de inconvenientes. Ya parece que se ha tomado nota...
Entrando en la propuesta tal como se indica en la memoria de la modificación de la RPT es, “heterogénea en su contenido por incluir varias actuaciones de contenido diverso en la línea de ir adaptando la relación de puestos a la realidad”.
En lo que afecta a esta Mesa Sectorial, y como figura en la documentación remitida para este ámbito, se ha eliminado de la anterior la visión general para la Mesa
Técnica, y se ha circunscrito a los cambios de puestos de personal funcionario. Entendemos que esa decisión impide ver el contexto de lo que se propone, independientemente que hay puestos en la propuesta de categorías propias del personal laboral cuyo ámbito es otro.
Pero la memoria justificativa engloba todos los apartados, y se entrecruzan y son alguno objeto también de esta Mesa, al justificarse creación de puestos F por supresión de puestos L (no todos, como se verá), así como la creación de plazas de titulados superiores psicólogos (así -sin aplicar el lenguaje no sexista-) que parecen puestos vetados al sexo femenino.
Empezando por esto último, S.A.F. manifiesta su total oposición a la construcción de puestos de personal laboral de psicólogo/a (Punto 1º de la memoria).
El art. 20 del D. 209/2025 si bien determina: “...se crea en cada provincia la Unidad de Apoyo al Profesorado, como una unidad administrativa que orientará e informará de todos aquellos aspectos relacionados con la asistencia jurídica y psicológica contemplados en el presente Decreto”, la ley 5/2023, en su artículo 15.3 dice: “Los puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía serán desempeñados con carácter general por personal funcionario público”
El apartado 4 que se refiere a los puestos que podrán desempeñarse por personal laboral determina en su letra e): “... cuando no existan cuerpos de personal funcionario”
Existe ese cuerpo de personal funcionario en nuestra Ley de Función Pública: Grupo A. Subgrupo A1: A1.2016. Psicología.
Requisito: títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento en cien- cias del comportamiento y psicología, de acuerdo con la normativa vigente, o Licenciatu- ra en Psicología.
Por lo tanto, entendemos que las plazas creadas deben adscribirse al personal funcionario perteneciente a este Cuerpo (A1.2016) y no a personal laboral, con las características propias de un puesto tipo “Personal Superior Facultativo”, según la nueva denominación de estos puestos base.
En concreto: 20122610 (AL), 20122710 (CA), 20124810 (CO), 20124910 (GR), 20125010
(HU), 20125510 (JA), 20125810 y 20193410 (MA), 20193610 y 20125710 (SE)
No deja de ser “curioso” que el Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos se preocupe de una manera muy explícita en la memoria de la defensa para que la categoría de psicólogo/a “vuelve a tener protagonismo propio y de futuro” o “relanzar la importancia y necesidad de la categoría laboral”
En primer lugar, manifestar que no asistimos a la Mesa Técnica por un problema de comunicación con el cambio de fecha ya que se remitió a otro correo en lugar del que se debe remitir para las convocatorias de ámbito de negociación, y que en varias ocasio- nes se ha facilitado a la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional para evitar este tipo de inconvenientes. Ya parece que se ha tomado nota...
Entrando en la propuesta tal como se indica en la memoria de la modificación de la RPT es, “heterogénea en su contenido por incluir varias actuaciones de contenido diverso en la línea de ir adaptando la relación de puestos a la realidad”.
En lo que afecta a esta Mesa Sectorial, y como figura en la documentación remitida para este ámbito, se ha eliminado de la anterior la visión general para la Mesa
Técnica, y se ha circunscrito a los cambios de puestos de personal funcionario. Entendemos que esa decisión impide ver el contexto de lo que se propone, independientemente que hay puestos en la propuesta de categorías propias del personal laboral cuyo ámbito es otro.
Pero la memoria justificativa engloba todos los apartados, y se entrecruzan y son alguno objeto también de esta Mesa, al justificarse creación de puestos F por supresión de puestos L (no todos, como se verá), así como la creación de plazas de titulados superiores psicólogos (así -sin aplicar el lenguaje no sexista-) que parecen puestos vetados al sexo femenino.
Empezando por esto último, S.A.F. manifiesta su total oposición a la construcción de puestos de personal laboral de psicólogo/a (Punto 1º de la memoria).
El art. 20 del D. 209/2025 si bien determina: “...se crea en cada provincia la Unidad de Apoyo al Profesorado, como una unidad administrativa que orientará e informará de todos aquellos aspectos relacionados con la asistencia jurídica y psicológica contemplados en el presente Decreto”, la ley 5/2023, en su artículo 15.3 dice: “Los puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía serán desempeñados con carácter general por personal funcionario público”
El apartado 4 que se refiere a los puestos que podrán desempeñarse por personal laboral determina en su letra e): “... cuando no existan cuerpos de personal funcionario”
Existe ese cuerpo de personal funcionario en nuestra Ley de Función Pública: Grupo A. Subgrupo A1: A1.2016. Psicología.
Requisito: títulos universitarios oficiales de Grado en el ámbito del conocimiento en cien- cias del comportamiento y psicología, de acuerdo con la normativa vigente, o Licenciatu- ra en Psicología.
Por lo tanto, entendemos que las plazas creadas deben adscribirse al personal funcionario perteneciente a este Cuerpo (A1.2016) y no a personal laboral, con las características propias de un puesto tipo “Personal Superior Facultativo”, según la nueva denominación de estos puestos base.
En concreto: 20122610 (AL), 20122710 (CA), 20124810 (CO), 20124910 (GR), 20125010
(HU), 20125510 (JA), 20125810 y 20193410 (MA), 20193610 y 20125710 (SE)
No deja de ser “curioso” que el Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos se preocupe de una manera muy explícita en la memoria de la defensa para que la categoría de psicólogo/a “vuelve a tener protagonismo propio y de futuro” o “relanzar la importancia y necesidad de la categoría laboral”
Se nos dice por la Consejería que esta categoría laboral se ha considerado por la agilidad en su cobertura, en contra del sistema para ser ocupadas por personal funcionario, y desde la DGRRHHFP que es una categoría que cuadra en la adscripción laboral...
Si se continua con esta vulneración de lo dispuesto en la Ley, procederemos a la impugnación de la modificación de RPT tras su publicación, y que se resuelva en contencioso-administrativo la justificación y aceptación por parte de la DGRRHHFP de esta decisión.
En cuanto al apartado 4º Eliminación de plazas de personal administrativo de adscripción (L) y creación de plazas (F).
Se dice: En la línea ya iniciada hay plazas de personal auxiliar administrativo y, en este caso una plaza de Administrativo ... que son de adscripción (L) y deben por prescripción legal pasar a ser (F). En este último caso se ha creado un monitor escolar en ese centro para compensar la pérdida del Administrativo.
En Cuevas de Almanzora, se crean 2 puestos de Personal de Administración (Administrativos/as, por supresión de 2 plazas de Aux. Admtvo/a. (L) en Huelcar-Overa.
En Valverde del Camino, se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, sin reflejarse en la memoria esta circunstancia ya que no es por “prescripción legal” al no suprimirse plaza de Laboral (Debe constar en el expediente esta necesidad). Se nos indica que efectivamente es una plaza de nueva creación y no es por supresión, y que es de necesaria con prioridad, y se procederá a su dotación y cobertura con la máxima urgencia.
En Málaga se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
En Sevilla se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
Todos los puestos desdotados
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: No se aporta la memoria económica como dispone la directriz 2 a) de la Instrucción 2/1999, de 8 de marzo, modificada por la 3/2023 de 31 de octubre, que determina que deberá ser remitida por la Consejería con la información relativa a “...la propuesta en su conjunto, suscrita por la persona titular del órgano proponente, explicando los fundamentos, circunstancias y costes de la propuesta, así como de los objetivos en que se basa para los diferentes aspectos que se contienen en la misma”
Todos los puestos creados de personal funcionario están desdotados, y tampoco se acompaña el cronograma de dotación de plazas previsto acordado con la DGRRHHFP para que se acompañara a la Mesa Sectorial como documentación complementaria.
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. Nos contestan que “los créditos son los que son”...y que irán dotando cuando se pueda.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal (Medida 4) El representante de la Consejería dijo que “tomo nota”...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ejemplo más que notorio lo expuesto en la memoria del D.G. con lenguaje sexista en la definición de lo propuesto. (titulados superiores psicólogos)
En cuanto al apartado 4º Eliminación de plazas de personal administrativo de adscripción (L) y creación de plazas (F).
Se dice: En la línea ya iniciada hay plazas de personal auxiliar administrativo y, en este caso una plaza de Administrativo ... que son de adscripción (L) y deben por prescripción legal pasar a ser (F). En este último caso se ha creado un monitor escolar en ese centro para compensar la pérdida del Administrativo.
En Cuevas de Almanzora, se crean 2 puestos de Personal de Administración (Administrativos/as, por supresión de 2 plazas de Aux. Admtvo/a. (L) en Huelcar-Overa.
En Valverde del Camino, se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, sin reflejarse en la memoria esta circunstancia ya que no es por “prescripción legal” al no suprimirse plaza de Laboral (Debe constar en el expediente esta necesidad). Se nos indica que efectivamente es una plaza de nueva creación y no es por supresión, y que es de necesaria con prioridad, y se procederá a su dotación y cobertura con la máxima urgencia.
En Málaga se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
En Sevilla se crea plaza de Personal Auxiliar de Administración, por supresión de 1 plaza de Aux. Admtvo/a. (L) en el mismo IES.
Todos los puestos desdotados
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: No se aporta la memoria económica como dispone la directriz 2 a) de la Instrucción 2/1999, de 8 de marzo, modificada por la 3/2023 de 31 de octubre, que determina que deberá ser remitida por la Consejería con la información relativa a “...la propuesta en su conjunto, suscrita por la persona titular del órgano proponente, explicando los fundamentos, circunstancias y costes de la propuesta, así como de los objetivos en que se basa para los diferentes aspectos que se contienen en la misma”
Todos los puestos creados de personal funcionario están desdotados, y tampoco se acompaña el cronograma de dotación de plazas previsto acordado con la DGRRHHFP para que se acompañara a la Mesa Sectorial como documentación complementaria.
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. Nos contestan que “los créditos son los que son”...y que irán dotando cuando se pueda.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal (Medida 4) El representante de la Consejería dijo que “tomo nota”...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ejemplo más que notorio lo expuesto en la memoria del D.G. con lenguaje sexista en la definición de lo propuesto. (titulados superiores psicólogos)
PUNTO SEGUNDO: MODIFICACIÓN DE RPT DE LA CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS (EXPTE. 505/25)
En primer lugar, queremos dejar constancia que la postura de SAF coincidente con los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
La S.G.T. hace referencia al Acuerdo de ampliación de plantilla aprobado por la Cª Economía, que permite traer esta modificación con los Puestos Base dotados, que es una apuesta decidida para mejorar las provincias, y que empezó con una dotación de casi 70 puestos a finales de 2025. Esta segunda ampliación, dota 27 P.B. solicitados por las S.G.P. con carácter preferente en las áreas de Energía, Industria y Minas, constituyen necesidades estructurales en las D.T.
También se argumentan las nuevas competencias asumidas por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales para construir un nuevo Servicio dentro de la Secretaría General de Industria y Minas.
En el ámbito territorial, se dice que las carencias de personal resultan especialmente preocupantes por estar generando, en ocasiones, la imposibilidad de cumplir los plazos legalmente establecidos en la tramitación de sus expedientes administrativos...Se añade, que en el ámbito de energía las provincias, han debido asumir nuevas funciones y se determina que en los servicios periféricos se precisa un apoyo administrativo-jurídico ante las cuestiones que se plantean en la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos.
Para ello, lo que se ha presentado es una ampliación de puestos: Se han creado 1 plaza PLD, 3 PC (todas desdotadas) en SSCC, y 27 Puestos Base (todos dotados) en DT, salvo Córdoba.
Ya manifestamos que al Sindicato Andaluz de Funcionarios nos parece una planificación deficiente las fechas en la que se ha iniciado la modificación de ésta RPT para dotarse de los recursos humanos necesarios para cumplir con el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias.
Teniendo en cuenta:
La S.G.T. hace referencia al Acuerdo de ampliación de plantilla aprobado por la Cª Economía, que permite traer esta modificación con los Puestos Base dotados, que es una apuesta decidida para mejorar las provincias, y que empezó con una dotación de casi 70 puestos a finales de 2025. Esta segunda ampliación, dota 27 P.B. solicitados por las S.G.P. con carácter preferente en las áreas de Energía, Industria y Minas, constituyen necesidades estructurales en las D.T.
También se argumentan las nuevas competencias asumidas por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas de productos artesanales e industriales para construir un nuevo Servicio dentro de la Secretaría General de Industria y Minas.
En el ámbito territorial, se dice que las carencias de personal resultan especialmente preocupantes por estar generando, en ocasiones, la imposibilidad de cumplir los plazos legalmente establecidos en la tramitación de sus expedientes administrativos...Se añade, que en el ámbito de energía las provincias, han debido asumir nuevas funciones y se determina que en los servicios periféricos se precisa un apoyo administrativo-jurídico ante las cuestiones que se plantean en la tramitación de los diferentes procedimientos administrativos.
Para ello, lo que se ha presentado es una ampliación de puestos: Se han creado 1 plaza PLD, 3 PC (todas desdotadas) en SSCC, y 27 Puestos Base (todos dotados) en DT, salvo Córdoba.
Ya manifestamos que al Sindicato Andaluz de Funcionarios nos parece una planificación deficiente las fechas en la que se ha iniciado la modificación de ésta RPT para dotarse de los recursos humanos necesarios para cumplir con el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias.
Teniendo en cuenta:
- la antigüedad del mandato europeo, incluida la relativa a la fase nacional, el cual se remonta al menos al año 2023 con la aprobación del Reglamento UE 2023/2411 del Parlamento Europeo que ya venia a modificar dos reglamentos anteriores (UE 2017/1001 y 2019/1753)
- así como a la obligación de su entrada en vigor en los Estados Miembros a fecha 01 de diciembre de 2025.
CON CARÁCTER GENERAL
Como se dijo en la primera parte de la intervención nos oponemos a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto:
- 20402610 SV. IND. GEOG. Y ORD. IND (N. 28)
Su justificación no se ajusta a una motivación real, y es un corta-pega acordado con Función Pública: “la provisión del puesto mediante concurso con base en un baremo debidamente diseñado no es suficiente, dado que inciden factores no objetivables, no integrables en dicho baremo”. Genoma del funcionario de Ana María Vielma.
Ya solicitamos se aclarara en Mesa Técnica que significa “la disponibilidad de esta persona cuando la adecuada prestación del servicio lo requiera”. Ya se nos indicó que no va a suponer vulneración de condiciones de trabajo ni derecho a la conciliación. (Ya hemos visto en otras ocasiones condiciones de semi esclavitud en la disponibilidad de puestos). Para ejemplo de ello los puestos de Coordinación de Protocolo y Un. de Protocolo de la Secretaría General de Presidencia, y la propuesta efectuada y retirada por la Cª de Economía que pretendía fijar un horario 24/7 a las Jf. Secretaría Consejera y Viceconsejera.
Volvemos a reclamar que el puesto PLD creado debe constar con la titulación correspondiente, conforme a lo referido en competencias, funciones y tareas de la memoria. P-A1.2004 (Ingeniería Industrial. Requisito: título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. D.A. 5ª L. 5/2023).
Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura: 20404410
20662610 ASESORÍA TÉCNICA. Agradecemos se atendiera la petición de que dicho puesto se adscriba al Cuerpo preferente A2.2004 con titulación de Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
También vemos que se han matizado las funciones de la SECCIÓN DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS como la ASESORÍA TÉCNICA y ya no reflejan dentro de sus funciones “Resolución” en procedimientos.
En relación a los PUESTOS BASE, manifestamos que no se ha elaborado la memoria justificativa de cada uno de los puestos a crear, conforme a lo dispuesto en la Directriz 2 de la Instrucción 2/99, modificada por la Instrucción 3/23 de la DGRRHHFP. Además, entendemos que los adscritos a Cuerpos Superiores Facultativos y Técnicos Facultativos, deberían llevar las titulaciones específicas determinadas en la D.A. 5ª de la Ley 5/2023. En concreto a los P-A1.2004; P-A1.2005 y P-A2.2005;
Nos contestaron que los P.B. no necesitan memoria (cuando no hay exclusión en la Instrucción 2/99), y que adscribirlo a unas funciones concretas encorseta...
En lo que respecta a lo presentado en relación a los puestos creados por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el CENTRALISMO de la Administración deja desatendida a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
Resulta sorprendente que ni siquiera en un ámbito como el de las propias Indicaciones Geográficas, absolutamente ligados al territorio, no se contemple por parte de la Consejería competente la creación de estructura periférica suficiente y coherente con la distribución geográfica de las IG concluidas en el informe al que hacen referencia.
La Memoria hace alusión a un estudio, el cual identifica hasta 62 categorías de potenciales denominaciones. E incluía cuáles eran las 22 Indicaciones Geográficas prioritarias.
No entendemos el porqué no se realiza en los ámbitos territoriales plasmación de la necesidad de instrumentar las nuevas competencias relativas a la protección de las in- dicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.
Se crea en el ámbito de los SS.CC. una unidad administrativa con nivel de jefatura de ser- vicio, sin que tenga su reflejo en las D.T. la concreción de una necesaria estructura míni- ma de puestos.
Dentro de las funciones del Jf. de Servicio, se encuentra la Coordinación y supervi- sión de la unidad administrativa, así como de las unidades administrativas de los servi- cios periféricos que desarrollen funciones en la materia en los respectivos ámbitos pro- vinciales.
Se reproduce de nuevo al final de la memoria la misma competencia: “función de coordinación y supervisión del servicio y de las unidades administrativas provinciales que de- sarrollan en el ámbito territorial funciones de administración industrial”.
Entendemos desde SAF que dichas unidades administrativas de los servicios peri- féricos deberían contar como mínimo:
Ya solicitamos se aclarara en Mesa Técnica que significa “la disponibilidad de esta persona cuando la adecuada prestación del servicio lo requiera”. Ya se nos indicó que no va a suponer vulneración de condiciones de trabajo ni derecho a la conciliación. (Ya hemos visto en otras ocasiones condiciones de semi esclavitud en la disponibilidad de puestos). Para ejemplo de ello los puestos de Coordinación de Protocolo y Un. de Protocolo de la Secretaría General de Presidencia, y la propuesta efectuada y retirada por la Cª de Economía que pretendía fijar un horario 24/7 a las Jf. Secretaría Consejera y Viceconsejera.
Volvemos a reclamar que el puesto PLD creado debe constar con la titulación correspondiente, conforme a lo referido en competencias, funciones y tareas de la memoria. P-A1.2004 (Ingeniería Industrial. Requisito: título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. D.A. 5ª L. 5/2023).
Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura: 20404410
20662610 ASESORÍA TÉCNICA. Agradecemos se atendiera la petición de que dicho puesto se adscriba al Cuerpo preferente A2.2004 con titulación de Ingeniero/a Técnico/a Industrial.
También vemos que se han matizado las funciones de la SECCIÓN DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS como la ASESORÍA TÉCNICA y ya no reflejan dentro de sus funciones “Resolución” en procedimientos.
En relación a los PUESTOS BASE, manifestamos que no se ha elaborado la memoria justificativa de cada uno de los puestos a crear, conforme a lo dispuesto en la Directriz 2 de la Instrucción 2/99, modificada por la Instrucción 3/23 de la DGRRHHFP. Además, entendemos que los adscritos a Cuerpos Superiores Facultativos y Técnicos Facultativos, deberían llevar las titulaciones específicas determinadas en la D.A. 5ª de la Ley 5/2023. En concreto a los P-A1.2004; P-A1.2005 y P-A2.2005;
Nos contestaron que los P.B. no necesitan memoria (cuando no hay exclusión en la Instrucción 2/99), y que adscribirlo a unas funciones concretas encorseta...
En lo que respecta a lo presentado en relación a los puestos creados por el mandato europeo sobre las indicaciones geográficas y el ejercicio de sus competencias, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el CENTRALISMO de la Administración deja desatendida a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
Resulta sorprendente que ni siquiera en un ámbito como el de las propias Indicaciones Geográficas, absolutamente ligados al territorio, no se contemple por parte de la Consejería competente la creación de estructura periférica suficiente y coherente con la distribución geográfica de las IG concluidas en el informe al que hacen referencia.
La Memoria hace alusión a un estudio, el cual identifica hasta 62 categorías de potenciales denominaciones. E incluía cuáles eran las 22 Indicaciones Geográficas prioritarias.
No entendemos el porqué no se realiza en los ámbitos territoriales plasmación de la necesidad de instrumentar las nuevas competencias relativas a la protección de las in- dicaciones geográficas de productos artesanales e industriales.
Se crea en el ámbito de los SS.CC. una unidad administrativa con nivel de jefatura de ser- vicio, sin que tenga su reflejo en las D.T. la concreción de una necesaria estructura míni- ma de puestos.
Dentro de las funciones del Jf. de Servicio, se encuentra la Coordinación y supervi- sión de la unidad administrativa, así como de las unidades administrativas de los servi- cios periféricos que desarrollen funciones en la materia en los respectivos ámbitos pro- vinciales.
Se reproduce de nuevo al final de la memoria la misma competencia: “función de coordinación y supervisión del servicio y de las unidades administrativas provinciales que de- sarrollan en el ámbito territorial funciones de administración industrial”.
Entendemos desde SAF que dichas unidades administrativas de los servicios peri- féricos deberían contar como mínimo:
- SECCIÓN/DEPARTAMENTO DE INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS
(A1.2004) I. Industrial
- ASESORÍA TÉCNICA (A2.2004) I.T. Industrial
- NG. DE GESTIÓN / AUXILIAR DE GESTIÓN (C2.1000)
Nos respondieron que no se realiza esta estructura provincial porque se descono- ce la demanda que se va a derivar de esa nueva competencia y que hasta que se conoz- ca, los puestos base actuales harán funciones relativas a la protección de las indicacio- nes geográficas de productos artesanales e industriales.
Desde SAF reiteramos que se debe avanzar en el principio de desconcentración y crear las estructuras desconcentradas en las delegaciones territoriales, de un nuevo de- partamento de indicaciones geográficas protegidas, adscrito a la delegación competente en materia de industria.
Además, aprovechamos para recordar a la SGT de la Consejería de Industria, para trasladar nuevamente la necesidad de dotar adecuadamente los puestos de Promoción Industrial en las Delegaciones Territoriales.
Desde hace unos cuatro años, los Servicios de Industria y Minas en las Delegaciones Territoriales cuentan formalmente con tres departamentos: Industria, Minas y Promoción Industrial. Sin embargo, en la práctica el departamento de Promoción Industrial carece de actividad específica desde hace más de dos décadas, tras dejar de tramitar subvenciones, por lo que los puestos existentes suelen desempeñar funciones de apoyo al servicio o a otros departamentos.
Esta situación contrasta con la evolución reciente de la política industrial de la Junta de Andalucía. La Consejería ha creado en servicios centrales un Servicio de Promoción Industrial y ha aprobado nuevas bases reguladoras de incentivos para proyectos industriales tractores, destinadas a financiar infraestructuras y favorecer nuevas inversiones industriales.
Además, las propias bases reguladoras contemplan la posibilidad de realizar convocatorias de incentivos de ámbito provincial o municipal (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/122/6) , promovidas a propuesta de las Delegaciones Territoriales. Sin embargo, hasta el momento no se han desarrollado convocatorias provincializadas.
Desde el sindicato consideramos que estas políticas deberían ir acompañadas de una verdadera estructura territorial de promoción industrial, dotando los puestos existentes en las Delegaciones Territoriales. Esto permitiría aplicar de forma efectiva el principio de desconcentración administrativa, facilitando la tramitación, seguimiento y justificación de los proyectos directamente en el territorio y reforzando el apoyo a la actividad industrial en las provincias.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura: “Mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo que se propone, se pretende dar respuesta tanto a necesida- des originadas por las nuevas competencias asumidas por esta Consejería como a aquellas carencias estructurales que se han detectado en el tiempo...”
Como se dijo en MT nos satisface que los 27 Puestos Base adscritos a Delegacio- nes Territoriales estén contemplados con dotación presupuestaria, pero no es suficien- te...
Porque también se dice (y esto en relación a los puestos de SS.CC.): Para dar cobertura financiera a los mismos, nos planteamos desdotar, por ejemplo, aquellos puestos que en reiteradas ofertas de necesaria cobertura de concurso abierto y permanente queden va- cantes Creemos que no hay aún perspectiva para desdotar puestos de ONC ya que solo ha habido 2.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para do- tar el PLD. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario. Desde el SAF nos opone- mos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal…(Medida 4)
Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos. Nos dijeron que una Consejera Técnica hace las funciones actualmente...Eso no es lo que recoge el mandato: “dotándola de Puestos de trabajo idóneos”.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de gé- nero en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Volvemos a poner encima de la Mesa cuestiones que hemos tratado en anteriores Mesas Técnicas de esa Consejería y que tiene que ver con los puestos desdotados del Archivo Central y periféricos...Incumpliendo lo mandatado por la Ley 7/2011. Preguntamos por su dotación, y se nos dijo...”Cuando se pueda” No es así, la Ley hay que cumplirla.
Lo mismo ocurre en relación a la ausencia de puestos de prevencionista en las D.T., y se nos dice que corresponde su construcción a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, ya que es el Centro Directivo del que dependen las Delegaciones Territoriales. Pero no hay…, lo que comunicaremos a la Inspección Laboral.
Manifestamos que se han realizado cambios con respecto a la propuesta inicial, pero no es del todo satisfactoria al no incluir apartados que consideramos fundamentales para su aprobación.
En cuanto a la observación efectuada por el Director General de RRHHFP que pensaba que se le daría el Vº Bº a esta propuesta, y por alusiones, indicarle que si se hubiera construido una estructura periférica para llevar las IG, y no como dice la SGT de la Cª de Industria “una vez se vea la demanda”, esta organización habría dado dicha conformidad. Si hay una memoria que indica que el Jf. de Sv. coordina dichas unidades periféricas, deben quedar construidas en esta modificación.
Además, aprovechamos para recordar a la SGT de la Consejería de Industria, para trasladar nuevamente la necesidad de dotar adecuadamente los puestos de Promoción Industrial en las Delegaciones Territoriales.
Desde hace unos cuatro años, los Servicios de Industria y Minas en las Delegaciones Territoriales cuentan formalmente con tres departamentos: Industria, Minas y Promoción Industrial. Sin embargo, en la práctica el departamento de Promoción Industrial carece de actividad específica desde hace más de dos décadas, tras dejar de tramitar subvenciones, por lo que los puestos existentes suelen desempeñar funciones de apoyo al servicio o a otros departamentos.
Esta situación contrasta con la evolución reciente de la política industrial de la Junta de Andalucía. La Consejería ha creado en servicios centrales un Servicio de Promoción Industrial y ha aprobado nuevas bases reguladoras de incentivos para proyectos industriales tractores, destinadas a financiar infraestructuras y favorecer nuevas inversiones industriales.
Además, las propias bases reguladoras contemplan la posibilidad de realizar convocatorias de incentivos de ámbito provincial o municipal (https://www.juntadeandalucia.es/boja/2023/122/6) , promovidas a propuesta de las Delegaciones Territoriales. Sin embargo, hasta el momento no se han desarrollado convocatorias provincializadas.
Desde el sindicato consideramos que estas políticas deberían ir acompañadas de una verdadera estructura territorial de promoción industrial, dotando los puestos existentes en las Delegaciones Territoriales. Esto permitiría aplicar de forma efectiva el principio de desconcentración administrativa, facilitando la tramitación, seguimiento y justificación de los proyectos directamente en el territorio y reforzando el apoyo a la actividad industrial en las provincias.
JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura: “Mediante la modificación de la relación de puestos de trabajo que se propone, se pretende dar respuesta tanto a necesida- des originadas por las nuevas competencias asumidas por esta Consejería como a aquellas carencias estructurales que se han detectado en el tiempo...”
Como se dijo en MT nos satisface que los 27 Puestos Base adscritos a Delegacio- nes Territoriales estén contemplados con dotación presupuestaria, pero no es suficien- te...
Porque también se dice (y esto en relación a los puestos de SS.CC.): Para dar cobertura financiera a los mismos, nos planteamos desdotar, por ejemplo, aquellos puestos que en reiteradas ofertas de necesaria cobertura de concurso abierto y permanente queden va- cantes Creemos que no hay aún perspectiva para desdotar puestos de ONC ya que solo ha habido 2.
Todos sabemos lo que puede pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para do- tar el PLD. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario. Desde el SAF nos opone- mos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
Tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal…(Medida 4)
Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos. Nos dijeron que una Consejera Técnica hace las funciones actualmente...Eso no es lo que recoge el mandato: “dotándola de Puestos de trabajo idóneos”.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de gé- nero en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Volvemos a poner encima de la Mesa cuestiones que hemos tratado en anteriores Mesas Técnicas de esa Consejería y que tiene que ver con los puestos desdotados del Archivo Central y periféricos...Incumpliendo lo mandatado por la Ley 7/2011. Preguntamos por su dotación, y se nos dijo...”Cuando se pueda” No es así, la Ley hay que cumplirla.
Lo mismo ocurre en relación a la ausencia de puestos de prevencionista en las D.T., y se nos dice que corresponde su construcción a la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social, ya que es el Centro Directivo del que dependen las Delegaciones Territoriales. Pero no hay…, lo que comunicaremos a la Inspección Laboral.
Manifestamos que se han realizado cambios con respecto a la propuesta inicial, pero no es del todo satisfactoria al no incluir apartados que consideramos fundamentales para su aprobación.
En cuanto a la observación efectuada por el Director General de RRHHFP que pensaba que se le daría el Vº Bº a esta propuesta, y por alusiones, indicarle que si se hubiera construido una estructura periférica para llevar las IG, y no como dice la SGT de la Cª de Industria “una vez se vea la demanda”, esta organización habría dado dicha conformidad. Si hay una memoria que indica que el Jf. de Sv. coordina dichas unidades periféricas, deben quedar construidas en esta modificación.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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CONVOCADAS MESAS TÉCNICAS CISJFI Y CULTURA Y DEPORTE
Se han recibido en el Sindicato Andaluz de Funcionarios las convocatorias para las Mesas Técnicas que se transcribe a continuación:
1.- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad: Martes, 10 de marzo, a las 12:00,
1.- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad: Martes, 10 de marzo, a las 12:00,
ORDEN DEL DÍA:
EXPEDIENTE 39/2026-Modificación RPT Consejería Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
2.- Consejería de Cultura y Deporte: Día 11 de marzo, a las 13:00 horas.
ORDEN DEL DÍA:
Único: Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura y Deporte(Expte. 6268410/1233010)
ORDEN DEL DÍA:
Único: Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Cultura y Deporte(Expte. 6268410/1233010)
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
MESA SECTORIAL 29/01/2026 MODIFICACIÓN DE RPT Cª AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL (EXPTE. 358/2025)
Preside la Mesa Sectorial el Director General de Recursos Humanos y Función Pública, acompañado de la Subdirectora de Análisis y Evaluación de Puestos de Trabajo, la Jf Sv. de RPT y personal Técnico de la DGRRHHFP.
Por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, su S.G.T., la Coordinadora General de la S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal.
Tras la presentación inicial y la brevísima intervención de la S.G.T. del Centro Directivo proponente, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía
Con carácter previo al punto del orden del día, queremos dejar constancia que la postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad (PLD) y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo.
Ya todos somos conocedores de los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
Por lo anteriormente expuesto no estamos conformes con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad (PLD), y aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos.
En primer lugar, manifestamos el malestar de SAF por la falta de respuesta de la Consejería al correo remitido con fecha 08/01/2026 en el que solicitábamos se procediera a la modificación de la fecha de la Mesa Técnica por coincidir la misma con la programada por esta DGRRHHFP para la negociación del futuro Decreto de ordenación de los puestos de trabajo, los derechos retributivos, los registros de personal y la gestión integrada de RRHH. Mutis por el foro, ninguna de las representantes de la Consejería responde o hace alusión a dicha falta de respuesta, y la mala fe en la negociación que se desprende de su postura.
Lo facilitado por el Centro Directivo no supone ningún cambio de lo inicialmente propuesto, y solo se aporta documentación que debía constar en el expediente tal como se acordó (propuesta de dotación de los puestos de nueva creación), y nueva documentación que subsana errores de la remitida con anterioridad (áreas correctas de los puestos en las memorias, cuantías actualizadas de C.E., y memorias de “justificación” de los PLD). Nada más.
La S.G.T. manifestó en M.T. (como consta en el Acta) que esta propuesta de modificación de RPT recoge la necesidad de la Consejería de reforzar la estructura de la Viceconsejería y de la Secretaría General Técnica, principalmente, ya que tras la división de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en las Consejerías de Sostenibilidad y Medio Ambiente y de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo, esta última resultó bastante mermada en el número de puestos adscritos a estos dos centros directivos.
¿Otra vez la misma justificación? Ya hemos perdido la cuenta de las veces que se argumenta esta separación de competencias y se basa una modificación para crear PLD sin motivación, además de eso. Le preguntamos que a cual se refiere concretamente, ya que hay varias: La de 2011, 2015, 2019, 2022 o 2024.
En resúmen: Se han creado 10 plazas PLD (1 por amortización de otra plaza igual, la única dotada), 2 puestos PCE (desdotados y sin poder cubrirlos hasta la aprobación de las bases, su negociación, convocatoria...) y 11 PC (todas desdotadas).
Creemos que teniendo en cuenta la eliminación de 18 puestos “a extinguir” adscritos a personal funcionario, tenían que haber acometido una modificación más ambiciosa. (sobre todo en el ámbito de las Delegaciones Territoriales)
CON CARÁCTER GENERAL
Por parte de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, su S.G.T., la Coordinadora General de la S.G.T. y la Jefa de Servicio de Personal.
Tras la presentación inicial y la brevísima intervención de la S.G.T. del Centro Directivo proponente, se procede a las intervenciones por parte de las Organizaciones Sindicales, y lo hacemos en primer lugar ya que somos el sindicato más representativo en la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía
Con carácter previo al punto del orden del día, queremos dejar constancia que la postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad (PLD) y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo.
Ya todos somos conocedores de los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
Por lo anteriormente expuesto no estamos conformes con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad (PLD), y aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos.
En primer lugar, manifestamos el malestar de SAF por la falta de respuesta de la Consejería al correo remitido con fecha 08/01/2026 en el que solicitábamos se procediera a la modificación de la fecha de la Mesa Técnica por coincidir la misma con la programada por esta DGRRHHFP para la negociación del futuro Decreto de ordenación de los puestos de trabajo, los derechos retributivos, los registros de personal y la gestión integrada de RRHH. Mutis por el foro, ninguna de las representantes de la Consejería responde o hace alusión a dicha falta de respuesta, y la mala fe en la negociación que se desprende de su postura.
Lo facilitado por el Centro Directivo no supone ningún cambio de lo inicialmente propuesto, y solo se aporta documentación que debía constar en el expediente tal como se acordó (propuesta de dotación de los puestos de nueva creación), y nueva documentación que subsana errores de la remitida con anterioridad (áreas correctas de los puestos en las memorias, cuantías actualizadas de C.E., y memorias de “justificación” de los PLD). Nada más.
La S.G.T. manifestó en M.T. (como consta en el Acta) que esta propuesta de modificación de RPT recoge la necesidad de la Consejería de reforzar la estructura de la Viceconsejería y de la Secretaría General Técnica, principalmente, ya que tras la división de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en las Consejerías de Sostenibilidad y Medio Ambiente y de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo, esta última resultó bastante mermada en el número de puestos adscritos a estos dos centros directivos.
¿Otra vez la misma justificación? Ya hemos perdido la cuenta de las veces que se argumenta esta separación de competencias y se basa una modificación para crear PLD sin motivación, además de eso. Le preguntamos que a cual se refiere concretamente, ya que hay varias: La de 2011, 2015, 2019, 2022 o 2024.
En resúmen: Se han creado 10 plazas PLD (1 por amortización de otra plaza igual, la única dotada), 2 puestos PCE (desdotados y sin poder cubrirlos hasta la aprobación de las bases, su negociación, convocatoria...) y 11 PC (todas desdotadas).
Creemos que teniendo en cuenta la eliminación de 18 puestos “a extinguir” adscritos a personal funcionario, tenían que haber acometido una modificación más ambiciosa. (sobre todo en el ámbito de las Delegaciones Territoriales)
CON CARÁCTER GENERAL
- Como se ha dicho en la primera parte de la intervención NOS OPONEMOS a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto:
17300210 COORD. SECRETARÍA ÓRG. COLEGIADOS (N. 22)
18108110 CONSEJERÍA TÉCNICA (N. 28)
17300110 JF. SECRETARÍA VICECONSEJERÍA (N. 22)
17856410 CONSEJERÍA TÉCNICA (N. 28)
17912210 CONSEJERÍA TÉCNICA (N.28)
18028610 GB. TÉCNICO (N. 27)
17856510 GB. DE LEGISLACIÓN (N. 27)
17237310 JF. SECRETARÍA SGT (N. 22)
18388810 GB. PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL (N. 27)
Su motivación y justificación en todos los casos: “un baremo debidamente diseñado no es suficiente, dado que inciden factores no objetivables, no incluibles en dicho baremo…” o “perfil específico que no puede ser valorado adecuadamente con el sistema de provisión de puestos mediante concurso”. Genoma del funcionario de Ana María Viedma.
El D.G de RRHHFP manifiesta que dicha motivación es suficiente.
18108110 CONSEJERÍA TÉCNICA (N. 28)
17300110 JF. SECRETARÍA VICECONSEJERÍA (N. 22)
17856410 CONSEJERÍA TÉCNICA (N. 28)
17912210 CONSEJERÍA TÉCNICA (N.28)
18028610 GB. TÉCNICO (N. 27)
17856510 GB. DE LEGISLACIÓN (N. 27)
17237310 JF. SECRETARÍA SGT (N. 22)
18388810 GB. PROTECCIÓN Y BIENESTAR ANIMAL (N. 27)
Su motivación y justificación en todos los casos: “un baremo debidamente diseñado no es suficiente, dado que inciden factores no objetivables, no incluibles en dicho baremo…” o “perfil específico que no puede ser valorado adecuadamente con el sistema de provisión de puestos mediante concurso”. Genoma del funcionario de Ana María Viedma.
El D.G de RRHHFP manifiesta que dicha motivación es suficiente.
- Tampoco resulta justificado el cambio del N.30 ocupado (1824710) por el 19508610 COORDINADOR/A FF.EE. (se va a mantener la persona que lo ocupa, aunque el puesto cambia de área funcional, y de Cuerpo). Ya conocemos el atajo que se realiza: Se suprime puesto, se adscribe provisionalmente al nuevo, se convoca tras publicación R.P.T., y se le adjudica...¡¡¡Discrecionalidad y arbitrariedad en grado superlativo!!!
- Los puestos PLD creados - y que se han referido anteriormente - 17856410, 18028610, 17856510, y 18388810 solicitamos que deben constar con las titulaciones correspondientes, conforme a lo referido en competencias, funciones y tareas de las memorias.
17856410 y 18028610 (adscrito preferentemente al A1.2001) Arquitectura: título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada. D.A. 5ª L. 5/2023.
A este particular, nos dice el D. General que se acometerá esta futura especialidad a puestos, una vez finalice el primer proceso de acceso al cuerpo.
18388810 (adscrito preferente al A1.2012) Veterinaria. Título universitario oficial que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada.
- Estamos absolutamente en contra de la creación sin justificación, sin baremo específico, y sin ninguna documentación que demuestre la necesidad de cobertura por el sistema de provisión de los puestos PCE que figuran:
19308710 ASESORÍA TÉCNICA (N.26)
18022010 ASESORÍA TÉCNICA (N.26)
Desconocemos cual es “La naturaleza de los puestos”, y según lo dispuesto en el art. 127 de la Ley 5/2023 no está justificada. Nos preguntamos ya que se deben de tener claro aunque no figuran documentalmente en que consisten “la valoración de capacidades y aptitudes relacionadas con las funciones encomendadas al puesto a cubrir” Nada de nada en la documentación.
El Art. 70 del Decreto 51/2025 determina: “...utilizar para ello la realización de pruebas de carácter práctico, memorias, entrevistas u otros sistemas similares, e incluso la valoración de titulaciones y/o competencias relacionadas con el mismo”. El diseño de estos instrumentos, que deberá ser objetivo, y los criterios a tener en cuenta para la evaluación del proceso “
Estos puestos deben crearse por el sistema de provisión PC, y su cobertura por los sistemas establecidos por el concurso abierto y permanente, y mientras tanto, por el sistema de movilidad provisional amparado en el art. 129 de la Ley (si se diera el caso excepcional).
Las memorias confeccionadas de provisión no justifican el sistema propuesto e impiden sine día su cobertura, independientemente de su dotación futura. Entre otras cosas...(Art. 70.3 “La Consejería con competencias en materia de función pública negociará con la representación de las organizaciones sindicales unos baremos adecuados a las funciones de puestos de trabajo homogéneos, de acuerdo con los criterios previstos en este decreto”.) Esto no se ha hecho...
Según las memorias... “pues se requiere valorar el perfil profesional de las personas que opten al puesto, así como sus capacidades y aptitudes” (Genoma del funcionario), pero las funciones descritas son eminentemente técnicas y de gestión administrativa, sin determinar méritos específicos, capacidades y aptitudes necesarias (Discrecionalidad).
El Director General reconoce que existe un “vacío temporal”, y que tienen que proceder a una estudio de la viabilidad de ocupación y cobertura. La SGT de Agricultura mantiene esta figura ya que dice que en “su Administración” (la Local) es una provisión que da resultado. Discrecionalmente..., seguro de eso estamos.
El Director General reconoce que existe un “vacío temporal”, y que tienen que proceder a una estudio de la viabilidad de ocupación y cobertura. La SGT de Agricultura mantiene esta figura ya que dice que en “su Administración” (la Local) es una provisión que da resultado. Discrecionalmente..., seguro de eso estamos.
- Mantenemos que no estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura.
- JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: En la memoria general figura:
“De los 23 puestos que se crean o modifican, sólo uno estaría dotado”
La prioridad en la dotación de los puestos creados sería:
1.- Gabinete de Protección y Bienestar Animal. (PLD)
2.- Coord. Secret. Órg. Col., adscrito a la Secretaría del Consejero. (PLD)
3.- Consejería Técnica, adscrito a la Viceconsejería. (PLD)
4 y 5.- Dos puestos denominados Consejería Técnica, de la Secretaría General Técnica. (PLD)
Luego seguirían:
6.- Jefe/a Secretaría, adscrito a la Viceconsejería (PLD)
7.- Jefe/a Secretaría, adscrito a la S.G.T. (PLD)
8.- Asesoría Técnica, de la Viceconsejería (PCE). Tendría que salir convocatoria de cobertura con requisitos, baremo, etc
9.- Gabinete Técnico, adscrito a la S.G.T. (PLD)
10.- Gabinete Legislación, adscrito a la S.G.T. (PLD)
11.- Asesoría Técnica, adscrita a la S.G.T. (PCE). Tendría que salir convocatoria de cobertura con requisitos, baremo, etc
A continuación los PC (11), nada urgentes, y nada necesarios, y que son fundamentales para el desarrollo de la carrera y promoción ordinaria, y su ocupación en las ONC y art. 129
Como se ha dicho en reuniones anteriores con la Administración, no estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Todos sabemos lo que va a pasar: Desdotación de puestos PC y PC/SO para dotar los PLD`s.
La SGT afirma que se dotarán con jubilaciones previstas y con puestos que no se han cubierto en las ONC de la Consejería. Huida hacia adelante...Lo dicho, el CAP se verá mermado para dotar PLD.
Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Es hora que Andalucía abandone la cada vez mas escasa lista de Comunidades Autónomas que permiten incorporar puestos de trabajo a su RPT sin que éstos cuenten con su correspondiente dotación presupuestaria. Desde SAF instamos a nuestro Gobierno autonómico a que siga los pasos de Comunidades como: Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana, Castilla León, Extremadura, Cataluña…y adapten la RPT de la Administración General de la Junta de Andalucía a la realidad a la que nuestro personal funcionario se enfrenta en cada concurso general, que no es otra que un largo listado de puestos creados y sin dotación presupuestaria.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. - Y tampoco se han creado en esa Agencia la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”. Recogido en los programas de actuación en los que se concreta el Plan y se incorporan diversas medida o proyectos a desarrollar de carácter transversal…(Medida 4)
Nos dicen que será la DGRRHHFP la que tiene que crear el/los puesto/puestos para poder implementarla, y éstos (DGRRHHFP) que debe ser en el seno de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad donde se debe debatir estas características de los puestos a crear…
¿Pero de quién es la competencia? Balones fuera…
Si tienen que esperar a que Función Pública defina y coordine, no se hará nunca. Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos.
Y les recordamos que no deben olvidar que la responsabilidad es de la Consejería y el incumplimiento es de la SGT.
En lo que respecta a lo presentado, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el centralismo de la Administración deja completamente desatendido en todos los niveles a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo y dotación de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
El ejemplo más claro de lo que se denuncia es la creación en el ámbito de los SS.CC. de un puesto (18388810, asociado al Servicio de Sanidad Animal) con nivel de jefatura de servicio provincial, sin que tenga su reflejo en la D.T. ese perfil con puestos dentro de la puesta en marcha de programas de control e inspección, planes, manuales, instrucciones, así como la tramitación de expedientes sancionadores...tanto de animales de compañía como de especies ganaderas.
Sin mencionar…. “va a suponer un enorme esfuerzo normativo y de gestión para las comunidades autónomas con la necesidad de la creación de al menos cinco registros, puesta en marcha de sistemas de inspección y vigilancia con requisitos específicos de formación para los inspectores, mecanismos de control de determinadas prohibiciones en la reproducción de perros, rutas de venta y donación de cachorros, colonias felinas, formación, campañas de divulgación, convocatoria de subvenciones a determinadas organizaciones protectoras de animales, etc.”
Como mínimo, debe constar ese reflejo en las D.T. “asociado” (nuevo término nada apropiado) a los Dp. Sanidad Animal, con la creación de una figura de Asesoría Técnica, del Cuerpo A1.2012, y con el requisito de titulación correspondiente para atender la demanda de las actuaciones a realizar en el ámbito provincial.
Por supuesto, si estamos hablando de la creación de registros específicos, se deberá implementar este puesto con las características propias de unidad/negociado para su gestión y control.
Nos dice la S.G.T. – como esperábamos – que hay otra modificación en curso para la D.T., pero que requiere tiempo...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ya conocemos el discurso y los pasos que se están dando con respecto a los puestos base, y la imposibilidad manifestada por la DGRRHHFP de lo complejo que resulta su aplicación en los de estructura/singularizados, que “tardaremos más tiempo”.
Pero es que estamos hablando de una inaplicación en 19 años de nuestro propio marco legal.
Tenemos que reflejar por último, que esta propuesta de modificación de R.P.T. ha contado con el 100% del rechazo de la parte social.
¿Pero de quién es la competencia? Balones fuera…
Si tienen que esperar a que Función Pública defina y coordine, no se hará nunca. Habrá que motivar a la Administración con denuncias por incumplimientos.
Y les recordamos que no deben olvidar que la responsabilidad es de la Consejería y el incumplimiento es de la SGT.
En lo que respecta a lo presentado, volvemos a hacer constar que con lo propuesto se vuelve a dejar claro que el centralismo de la Administración deja completamente desatendido en todos los niveles a las Delegaciones Territoriales, y volvemos a denunciar esta práctica del actual ejecutivo en contra del desarrollo y dotación de los servicios periféricos donde radica la verdadera gestión de las políticas públicas y la atención directa al ciudadano en general y al usuario en cada caso concreto, y donde cada vez es más notoria la falta de efectivos.
El ejemplo más claro de lo que se denuncia es la creación en el ámbito de los SS.CC. de un puesto (18388810, asociado al Servicio de Sanidad Animal) con nivel de jefatura de servicio provincial, sin que tenga su reflejo en la D.T. ese perfil con puestos dentro de la puesta en marcha de programas de control e inspección, planes, manuales, instrucciones, así como la tramitación de expedientes sancionadores...tanto de animales de compañía como de especies ganaderas.
Sin mencionar…. “va a suponer un enorme esfuerzo normativo y de gestión para las comunidades autónomas con la necesidad de la creación de al menos cinco registros, puesta en marcha de sistemas de inspección y vigilancia con requisitos específicos de formación para los inspectores, mecanismos de control de determinadas prohibiciones en la reproducción de perros, rutas de venta y donación de cachorros, colonias felinas, formación, campañas de divulgación, convocatoria de subvenciones a determinadas organizaciones protectoras de animales, etc.”
Como mínimo, debe constar ese reflejo en las D.T. “asociado” (nuevo término nada apropiado) a los Dp. Sanidad Animal, con la creación de una figura de Asesoría Técnica, del Cuerpo A1.2012, y con el requisito de titulación correspondiente para atender la demanda de las actuaciones a realizar en el ámbito provincial.
Por supuesto, si estamos hablando de la creación de registros específicos, se deberá implementar este puesto con las características propias de unidad/negociado para su gestión y control.
Nos dice la S.G.T. – como esperábamos – que hay otra modificación en curso para la D.T., pero que requiere tiempo...
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería y no se aplica la Transversalidad de Género mandatada por la Ley 12/2007, que en su artículo 3.5 como “el instrumento para integrar la perspectiva de género en el ejercicio de las competencias de las distintas políticas y acciones públicas, desde la consideración sistemática de la igualdad de género”.
Ya conocemos el discurso y los pasos que se están dando con respecto a los puestos base, y la imposibilidad manifestada por la DGRRHHFP de lo complejo que resulta su aplicación en los de estructura/singularizados, que “tardaremos más tiempo”.
Pero es que estamos hablando de una inaplicación en 19 años de nuestro propio marco legal.
Tenemos que reflejar por último, que esta propuesta de modificación de R.P.T. ha contado con el 100% del rechazo de la parte social.
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