MESA SECTORIAL: RESOLUCIÓN DE LA DGRRHHFP, POR LA QUE SE RELACIONAN LOS TÍTULOS ACADÉMICOS OFICIALES CON LAS ÁREAS FUNCIONALES.
En el día de hoy se ha celebrado una reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial con un único punto del orden del día: Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se relacionan los títulos académicos oficiales con las áreas funcionales.
Esta resolución regulará a cómo se valorarán las titulaciones en el Concurso Abierto y Permanente, ya que vincula cada titulación a una o varias áreas funcionales.
Desde el SAF realizamos las siguientes alegaciones:
1.- Área funcional de ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Se trata de un área común a todos los ámbitos de conocimiento. No hay que olvidar que estos ámbitos de conocimiento se van a desarrollar en el seno de una Administración Pública como es la Junta de Andalucía.
Resulta evidente que la aplicación en los puestos de trabajo de las capacidades adquiridas en una determinada área de conocimiento no resultan efectivas si no se conoce profundamente el entorno donde éstas se desarrollan y el entorno en este caso es la Administración Pública.
Sólo esta necesidad por motivos de eficacia y eficiencia es razón suficiente para la transversalidad del área a todos los puestos.
Por otro lado, desde el mismo momento en que se diseñan los temarios para las pruebas de ingreso ya se incorpora en todos los cuerpos el conocido como bloque común, bloque donde se estudian las materias del área de Administración Pública. Este bloque alcanza aproximadamente el 30% de del temario. No sólo eso. Una vez se accede al cuerpo en la práctica totalidad de los puestos se realizan a diario tareas relacionadas con este área funcional.
Nos gustaría conocer los motivos por los que desde Función Pública, no se incorpora esta importantísima área funcional en todos los ámbitos de conocimiento.
2.- inclusión del área funcional de CONSUMO en los ámbitos de conocimiento 23 y 24 del anexo I (relacionadas ambos con la ingeniería).
No se ha aceptado nuestra propuesta de inclusión y consideramos es absolutamente necesaria.
Si nos centramos como antes en el temario de las pruebas de acceso de los cuerpos de ingeniería (por ejemplo A2.2004 o A1.2004), encontramos varios temas relacionados con Consumo:
Esta resolución regulará a cómo se valorarán las titulaciones en el Concurso Abierto y Permanente, ya que vincula cada titulación a una o varias áreas funcionales.
Desde el SAF realizamos las siguientes alegaciones:
1.- Área funcional de ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Se trata de un área común a todos los ámbitos de conocimiento. No hay que olvidar que estos ámbitos de conocimiento se van a desarrollar en el seno de una Administración Pública como es la Junta de Andalucía.
Resulta evidente que la aplicación en los puestos de trabajo de las capacidades adquiridas en una determinada área de conocimiento no resultan efectivas si no se conoce profundamente el entorno donde éstas se desarrollan y el entorno en este caso es la Administración Pública.
Sólo esta necesidad por motivos de eficacia y eficiencia es razón suficiente para la transversalidad del área a todos los puestos.
Por otro lado, desde el mismo momento en que se diseñan los temarios para las pruebas de ingreso ya se incorpora en todos los cuerpos el conocido como bloque común, bloque donde se estudian las materias del área de Administración Pública. Este bloque alcanza aproximadamente el 30% de del temario. No sólo eso. Una vez se accede al cuerpo en la práctica totalidad de los puestos se realizan a diario tareas relacionadas con este área funcional.
Nos gustaría conocer los motivos por los que desde Función Pública, no se incorpora esta importantísima área funcional en todos los ámbitos de conocimiento.
2.- inclusión del área funcional de CONSUMO en los ámbitos de conocimiento 23 y 24 del anexo I (relacionadas ambos con la ingeniería).
No se ha aceptado nuestra propuesta de inclusión y consideramos es absolutamente necesaria.
Si nos centramos como antes en el temario de las pruebas de acceso de los cuerpos de ingeniería (por ejemplo A2.2004 o A1.2004), encontramos varios temas relacionados con Consumo:
- Tema 13. La Normativa de seguridad en máquinas. Seguridad general de los productos. Análisis de la normativa nacional y comunitaria
- Tema 23. La Ley de Metrología. El Control Metrológico de ámbito estatal, su ejecución en la Comunidad Autónoma Andaluza. Análisis de las disposiciones reguladoras del control metrológico de los instrumentos y aparatos de medida de ámbito nacional y comunitario. Ley sobre objetos fabricados con metales preciosos y su normativa de desarrollo.
- Tema 24. La Ley general de defensa de los Consumidores y Usuarios. La regulación de los derechos de los consumidores a nivel estatal y de la Comunidad Autónoma Andaluza. El Reglamento de suministro de agua de Andalucía.
- Tema 25. El control de los productos: nuevo enfoque y enfoque global. Marcado CE. Organismos notificados. Vigilancia del mercado. Reglamento de productos de la construcción.
Esta inclusión en el temario no es casual. El ámbito de conocimiento de las ingenierías deben contar con éste área funcional para que se puedan ejercer funciones que redundan en la figura del consumidor de una amplia gama de productos: desde el propio reglamento general de los productos hasta instrumentos de medida (metrología), agua domiciliaria, metales preciosos, productos de la construcción…y por su puesto la vigilancia del mercado en general.
No podemos olvidar que el consumo y el producto van de la mano y el producto (que no el servicio) va ligado a la fabricación y la fabricación es inseparable de la ingeniería. Nos resulta por tanto inadmisible que en los ámbitos de conocimiento 23 y 24 del anexo I no se incluya CONSUMO como área funcional asociada.
3.- Inclusión del área de Calidad Ambiental en el ámbito de conocimiento de Derecho y Especialidades Jurídicas, al igual que se ha incluido en éste el área de Gestión de Medio Natural.
Consideramos tanto el análisis e interpretación jurídica del vasto elenco de normativa ambiental (también estatal y europea) como la elaboración de normativa autonómica propia ambos aspectos, justifican por si mismos la inclusión de éste área funcional en el ámbito de conocimiento del Derecho y Especialidades Jurídica.
No podemos olvidar que el consumo y el producto van de la mano y el producto (que no el servicio) va ligado a la fabricación y la fabricación es inseparable de la ingeniería. Nos resulta por tanto inadmisible que en los ámbitos de conocimiento 23 y 24 del anexo I no se incluya CONSUMO como área funcional asociada.
3.- Inclusión del área de Calidad Ambiental en el ámbito de conocimiento de Derecho y Especialidades Jurídicas, al igual que se ha incluido en éste el área de Gestión de Medio Natural.
Consideramos tanto el análisis e interpretación jurídica del vasto elenco de normativa ambiental (también estatal y europea) como la elaboración de normativa autonómica propia ambos aspectos, justifican por si mismos la inclusión de éste área funcional en el ámbito de conocimiento del Derecho y Especialidades Jurídica.
La Administración manifiesta que la seguridad jurídica ya que se publicará en BOJA y se subirá a la WEP de forma que todo el personal tendrá perfecto conocimiento de su contenido.
Consideran que no hay razón para que todas las áreas de conocimiento sean valorables para el área funcional “Administración Pública”. De la misma manera rechazan las otras dos alegaciones por considerar que no proceden.
Respecto a las familias profesionales, desde el SAF entendemos que deberían extrapolarse las modificaciones aceptadas en sentido de ampliaciones en ámbitos de conocimiento. La Administración acepta la solicitud.
Insistimos en la cuestión de la transversalidad del área funcional “Administración Pública”, dado que con cualquier licenciatura y los correspondientes grados se puede acceder a puestos con ese mismo AF. La Administración no se abre a ello porque considera que no todos los puestos de la RPT realizan funciones vinculadas al AF “Administración Pública”.
Respecto a la convocatoria del Concurso Abierto y Permanente, desde la DGRRHHFP se comunica que actualmente no hay fecha, pese a que estaba prevista para abril.
Al ser preceptivos los trámites de información pública y trámite de audiencia, los plazos se demoran. Al no saber cuántas alegaciones van a recibir no pueden hacer estimación de plazos. Hasta el momento el número de alegaciones es alto.
Desde la DGRRHHFP vuelven a manifestar su intención de convocar a lo largo de este mes de abril pero no pueden comprometerse a ello.
Consideran que no hay razón para que todas las áreas de conocimiento sean valorables para el área funcional “Administración Pública”. De la misma manera rechazan las otras dos alegaciones por considerar que no proceden.
Respecto a las familias profesionales, desde el SAF entendemos que deberían extrapolarse las modificaciones aceptadas en sentido de ampliaciones en ámbitos de conocimiento. La Administración acepta la solicitud.
Insistimos en la cuestión de la transversalidad del área funcional “Administración Pública”, dado que con cualquier licenciatura y los correspondientes grados se puede acceder a puestos con ese mismo AF. La Administración no se abre a ello porque considera que no todos los puestos de la RPT realizan funciones vinculadas al AF “Administración Pública”.
Respecto a la convocatoria del Concurso Abierto y Permanente, desde la DGRRHHFP se comunica que actualmente no hay fecha, pese a que estaba prevista para abril.
Al ser preceptivos los trámites de información pública y trámite de audiencia, los plazos se demoran. Al no saber cuántas alegaciones van a recibir no pueden hacer estimación de plazos. Hasta el momento el número de alegaciones es alto.
Desde la DGRRHHFP vuelven a manifestar su intención de convocar a lo largo de este mes de abril pero no pueden comprometerse a ello.
SEGUIREMOS INFORMANDO
LUCHAMOS POR TUS DERECHOS PORQUE SOMOS FUNCIONARIOS COMO TÚ
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CONVOCADA MESA SECTORIAL 03/04/25
Se ha recibido en el Sindicato Andaluz de Funcionarios la convocatoria para la Mesa Sectorial que se transcribe a continuación:
Por orden de la presidencia, se le convoca a la reunión de carácter extraordinario de la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General de la Junta de Andalucía, que tendrá lugar el próximo jueves 3 de abril de 2025, a las 10:00 horas, mediante la modalidad presencial, en la sede de esta Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
ORDEN DEL DÍA:
-Punto Único: Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se relacionan los títulos académicos oficiales con las áreas funcionales.
ORDEN DEL DÍA:
-Punto Único: Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se relacionan los títulos académicos oficiales con las áreas funcionales.
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MESA SECTORIAL MODIFICACIÓN DE R.P.T. (27/03/2025) CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA (EXPTE. 472/24)
Asisten como representantes de la Consejería proponente: el Coordinador de la S.G. Servicios Judiciales y la Jf de Sv de Personal.
De la DGRRHHFP, el Director General, 2 Subdirectores/as, la Jf. Sv. de R.P.T. y el Jf Sv. de Negoc. Colectiva, entre otros.
Nos reiteramos en todo lo expuesto en la Mesa Técnica celebrada el pasado día 06/03/2025 en cuanto a los planteamientos generales y la NO aprobación de la misma en los mismos términos que el resto de Organizaciones Sindicales.
El resumen de lo visto y argumentado en ese reunión lo podéis consultar en Saf - CONVOCADA MESA TÉCNICA 06/03/2025: CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Con respecto a lo inicial, se modifican las memorias justificativas que conllevaban errores, y se cambia el orden de las áreas del Nivel 30.
En el resto de cuestiones, y sobre todo en el PLD N.22, se “pule” todo lo referente a disponibilidad, asesoramiento y formación solicitada, y se mantiene tal cual, y no nos queda más remedio que pensar que dicho puesto no se construye para una mejor prestación del servicio público, sino que está hecho “ad hoc” y no se le puede poner nada que necesitaría para que la persona “idónea” cumpla los requisitos de ocupación.
Se nos indica con respecto a las Delegaciones Territoriales que se ha procedido a grabar en el sistema la modificación presentada y que se inician los trámites para su admisión por Función Pública y la negociación.
Se les vuelve a advertir que pondremos en conocimiento del Defensor del Pueblo el incumplimiento por parte del Consejero Nieto en cuanto a faltar a la verdad. La DGRRHHFP no tenía conocimiento de dicha Queja y su tramitación por lo que gustosamente se la hemos facilitado.
En relación a la demanda de la adaptación al lenguaje no sexista, se nos indica que se ha puesto en marcha y se realizará en 2 fases:
La primera, que afectará a los Puestos Base, y que va a ser objeto de modificación en un bloque, se presentará para la negociación y se remitirá a la A.D.A. para su vuelco en el sistema. El total de puestos que deben ser adaptados son:
A1 20.495 puestos
A2 5.102 “
C1 3.849 “
C2 7.300 “
E 64 “
La segunda fase es mucho más compleja por la gran variedad en las denominaciones de los puestos, y será para puestos singulares y de estructura, afectando a:
Singulares: 12.818 puestos
Estructura: 12.487 “
En cuanto a la modificación presupuestaria que es necesaria para darle credibilidad a lo propuesto, se nos indica por el Coordinador de la S.G. Servicios Judiciales que si sobra remanente de la partida que se está utilizando para el despliegue de las nuevas unidades judiciales (aprox. 4 Millones €), se utilizará para la dotación de este expediente de modificación de R.P.T.
Poco más que añadir, al tratarse de una modificación que afecta a un solo Centro Directivo, que crea solo puestos PLD sin dotación, que no corrige defectos del lenguaje no sexista y que no incluye las verdaderas carencias de la Consejería que son la Delegaciones Territoriales.
Por lo anteriormente expuesto, no estamos conforme con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad, y la aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos.
Al no cumplirse las premisas de la acción sindical conjunta, el SAF no puede dar el Vº Bº a la propuesta presentada.
SEGUIREMOS INFORMANDO
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