EL GOBIERNO CENTRAL CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY DE FUNCIÓN PÚBLICA DE ANDALUCÍA
Distintos medios de comunicación se hacen eco hoy del acuerdo entre el Gobierno de España y la Junta de Andalucía para "iniciar negociaciones" y tratar de evitar un recurso del Ejecutivo central ante el Tribunal Constitucional (TC) por "discrepancias" existentes en torno a nueve artículos y cuatro disposiciones de la LFPA.
Los artículos de los que se cuestiona su constitucionalidad son los siguientes: 76, 79, 80, 101, 123, 130, 147, 151 y 152, así como a las disposiciones adicionales quinta, vigesimotercera, vigesimoctava y trigésimo séptima.
Esta ley fue aprobada por el Pleno del Parlamento andaluz el pasado 31 de mayo con los votos a favor del PP-A y el PSOE-A y con el rechazo del resto de grupos. En el plano sindical contó con el apoyo expreso de CSIF, ISA, CC.OO. y UGT, y la única oposición del SAF.
El citado acuerdo fue suscrito el 13 de septiembre en el marco de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con la citada ley, y fue publicado en el día de ayer en el BOJA.
Los artículos de la Ley de Función Pública con los que el Gobierno central discrepa afectan a cuestiones tan relevantes como las retribuciones en situación de permiso por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, lactancia natural, permiso por cuidado de hijos e hijas afectados por cáncer u otra enfermedad grave e incapacidad temporal (artículo 76); con el régimen de la Seguridad Social y derechos pasivos del personal funcionario al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía (artículo 79); con las prestaciones por incapacidad temporal (artículo 80), y, en el caso del artículo 101, con los grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
El Gobierno también discrepa con los artículos 123 (sobre principios generales de provisión del personal funcionario); 130 (sobre movilidad temporal y estructural); 147 (servicio en otras administraciones públicas); 151 (relativo a la excedencia por cuidado de familiares), y el 152, que regula la excedencia por razón de violencia de género.
Por su parte, las disposiciones adicionales de la Ley de Función Pública de Andalucía con las que discrepa el Gobierno son la quinta (sobre cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía); la vigésima tercera (sobre la clasificación profesional del personal docente no universitario y del personal estatutario del Servicio Andaluz de Salud); la vigésima octava (relativa a medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público), y la trigésima séptima, sobre procesos de estabilización de empleo temporal.
Desde el SAF llevamos más de 2 años advirtiendo de la inconstitucionalidad de numerosos preceptos de la LFPA antes de su aprobación en la más absoluta soledad sindical y con el ejecutivo del Presidente Moreno Bonilla haciendo oídos sordos.
Tras la aprobación de esta Ley, desde el SAF instamos a los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados y al Defensor del Pueblo a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra numerosos artículos de la misma, algunos de los cuales son cuestionados ahora por el Gobierno central.
Desde el SAF creemos que la aprobación del citado acuerdo, aunque deja fuera artículos muy relevantes, evidencia la chapuza legislativa que supuso la elaboración y posterior aprobación de la LFPA.
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"Subida" retributiva del 0,5%
En el día de hoy se ha recibido el siguiente mensaje por parte de la Secretaría de la Mesa Sectorial en relación a la subida salarial del 0,5% acordada por el Gobierno de España y publicada en el BOE de hoy:
"Buenas tardes. Hoy jueves 5 de octubre se ha Publicado en el BOE la Resolución de 4 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de octubre de 2023, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público, en aplicación de lo previsto en el artículo 19. Dos.2.a) de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Por nuestra parte ya está preparada y os la haremos llegar en cuanto se firme, la resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones para la aplicación del incremento retributivo vinculado a la evolución del índice de precios al consumo armonizado (IPCA) aprobado para el ejercicio 2023 en aplicación de la disposición adicional tercera de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
Se incluirá el abono en la nómina del mes de octubre y, a pesar del escaso tiempo, vamos a trabajar para abonar los atrasos en la nómina del mismo mes. Por lo que, salvo imprevistos técnicos nuevos que puedan surgir, esperamos también abonarlos en la misma nómina.
Un saludo
SECRETARÍA DE LA MESA SECTORIAL"
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CONCURSO DE MÉRITOS: LOBOS CON PIEL DE CORDERO
A primera hora de la tarde de hoy distintos sindicatos han distribuido un supuesto “acuerdo” firmado fuera del ámbito de la Mesa Sectorial para la convocatoria de un concurso a resultas de puestos base y estructura. Ante el burdo intento de manipulación coordinado por parte de la Dirección General de RR.HH. y Función Pública y los sindicatos firmantes, queremos aclarar cómo han sucedido cronológicamente los hechos:
1.- El pasado mes de mayo se celebró una reunión de la Comisión de Seguimiento del acuerdo para la estabilización de personal interino de larga duración (Este acuerdo que contó con el rotundo rechazo del SAF por lo que se nos excluyó de la Comisión de Seguimiento).
En esta reunión CSIF, ISA y CCOO firmaron, como condición para estabilizar a este personal interino, la convocatoria de un concurso de méritos SIN RESULTAS. Desde el SAF denunciamos duramente y en solitario este acuerdo por considerarlo gravemente lesivo para todo nuestro colectivo.
2.- A raíz del amplio rechazo que generó esta noticia entre todo nuestro colectivo, y también entre la propia afiliación de los sindicatos firmantes, con cascada de solicitudes de baja incluida, los sindicatos implicados pusieron todo su empeño en tratar de ocultar la realidad y justificar lo injustificable.
3.- El pasado 18 de septiembre, coincidiendo con la celebración de una Comisión conjunta en materia de PRL, la Directora General de RR.HH. y Función Pública anunció su decisión de convocar una mesa sectorial extraordinaria en la que se negociarán las bases de un nuevo concurso de méritos. Según sus palabras, esta convocatoria incluirá tanto puestos base como de estructura y será a resultas, como en anteriores convocatorias.
4.- En el día de hoy se ha celebrado una nueva reunión de la Comisión de seguimiento del acuerdo para la estabilización de personal interino en la que los 3 sindicatos citados anteriormente han “acordado” con la Directora General la convocatoria de, ahora sí, un concurso a resultas, que todos se han lanzado en avalancha a vender como “un gran logro”.
Desde el SAF queremos dar a conocer las siguientes valoraciones:
1.- Los concursos de méritos a resultas se han venido celebrando en las últimas décadas de forma invariable en la Administración General de la Junta de Andalucía, sin que nadie los haya cuestionado hasta que CSIF, ISA y CC.OO. lo aceptaron como “pago” para la estabilización de personal interino.
2.- Sólo el amplio rechazo que esta firma generó entre todo el funcionariado, hizo que estos sindicatos fueran conscientes del coste que tal decisión podía tener para ellos tanto electoralmente y como a nivel de afiliación.
3.- La Comisión de Seguimiento carece de la más mínima legitimidad para negociar, ni mucho menos acordar, la convocatoria de un concurso de méritos. Para eso existe la Mesa Sectorial en la que el SAF es mayoritario.
4.- La Directora General de RR.HH. y Función Pública ya anunció hace una semana su decisión de convocar un concurso a resultas. Con la firma de este “acuerdo” lo único que pretende es que los sindicatos “buenos“ se den un lavado de cara a unos meses de las elecciones permitiéndoles firmar lo contrario a lo que aceptaron en mayo.
5.- Que nadie se llame a engaño: Estos que ahora se quieren colgar la medalla de que el concurso de méritos vaya a ser “a resultas” (como siempre) son los mismos que con su firma aceptaron lo contrario hace unos meses.
La inaceptable actitud de la Directora General, Sra. Márquez, sustrayendo la negociación de las condiciones del concurso de méritos de la Mesa Sectorial y tratando de favorecer de forma evidente a los “sindicatos buenos” que firman lo que sea menester frente a los que no lo hacemos no quedará sin respuesta.
Anunciamos que en las próximas horas solicitaremos formalmente su cese en el cargo. Asimismo, nuestros Servicios Jurídicos ya se encuentran valorando la posible interposición de la correspondiente demanda por conducta antisindical.
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