Desde SAF presentamos sendos escritos ante la SGAP y el IAAP
En el escrito dirigido a la SGAP, se ha hecho mención al correo recibido el jueves día 21 en el que se recogía que:
“Aquellos empleados públicos de la Administración General que tengan como lugar de residencia o lugar de trabajo un municipio declarado en nivel de alerta sanitario 4- Grado 2, podrán ampliar la modalidad de trabajo no presencial hasta el máximo, en los puestos cuyas funciones puedan desarrollarse mediante esta modalidad de trabajo, siempre y cuando se garantice las prestación de servicios esenciales declarados en la Orden del Consejero de 15 marzo y sus posteriores ampliaciones, y se salvaguarde la continuidad del servicio de cada unidad administrativa”.
En este sentido, se ha solicitado que el teletrabajo, en su modalidad de implantación absoluta, sea reconocido de oficio de manera automática desde el mismo día o al día natural siguiente a aquel en que el municipio pase a nivel 4 grado 2, y sean los titulares de cada organismo los que tengan que establecer las excepciones para los casos de servicios esenciales y para garantizar la continuidad del servicio.
También, se ha solicitado que se amplíe el teletrabajo desde un mínimo del 60 % y hasta el total del 100% para los municipios en situación de alerta nivel 4 grado 1, y se establezca el procedimiento para su concesión en un plazo no superior a tres días hábiles desde que el municipio pase a nivel 4 grado 1.
Por último se ha pedido a la SGAP que nos informe con carácter inmediato de lo actuado, pues estas actuaciones no admiten más demora, la situación es insostenible y está sufriendo diariamente una escalada ascendente de contagios y ocupación hospitalaria.
En el escrito dirigido al Director del IAAP, desde el SAF hemos solicitado que, aun contando con la autorización de la DG de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, sean aplazados los exámenes hasta que la comunidad andaluza salga de la situación de alerta nivel 4, habida cuenta de las condiciones críticas que padecen muchas personas opositoras en estos momentos.
En relación a la nota informativa hecha pública por parte del IAAP el 21 de enero de 2021 sobre la celebración de ejercicios de los procesos selectivos de acceso de varios Cuerpos funcionariales entre el 29 de enero y 21 de febrero de 2021, entendemos desde el SAF que en la situación actual de alerta sanitaria, en la que prácticamente toda la comunidad autónoma está en nivel 4 (grado 1 y 2 dependiendo de los municipios), con restricciones a la movilidad por municipios y con peticiones por parte del Presidente del ejecutivo autonómico de confinamiento domiciliario, no es coherente convocar a aspirantes a dichos Cuerpos de toda la geografía andaluza , teniendo que desplazarse desde sus respectivos municipios de residencia, en la casi totalidad de los casos en tren, autobús, compartiendo coche etcétera, con el evidente riesgo de contagio que ello supone.
Puedes descargar el INFORMATIVO pinchando AQUÍ
ULTIMA HORA SOBRE TELETRABAJO
Se acaba de recibir (13:39h.) correo electrónico de la Secretaría de la Mesa Sectorial en el SINDICATO ANDALUZ DE FUNCIONARIOS comunicando la ampliación de la modalidad de trabajo no presencial para el personal funcionario (TELETRABAJO) cuyo municipio sea declarado en Nivel de Alerta Sanitaria 4 , Grado 2 (Más de 1.000 afectados/100.000 habitantes).
La transcripción íntegra del Mensaje es la siguiente:
"Buenas tardes,
Se informa que, con fecha de hoy, se va a proceder a comunicar a los centros directivos, la siguiente información:
"Atendiendo a la situación sanitaria de la Comunidad Autónoma y a la evaluación continua de los niveles y grados de alerta sanitaria, con el objeto de dar cuenta de la aplicación del apartado Quinto del Protocolo de 14 de septiembre de 2020, de medidas organizativas para la aplicación temporal del régimen de trabajo no presencial en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19, aprobado por Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 16 de septiembre, se informa de lo siguiente.
Aquellos empleados públicos de la Administración General que tengan como lugar de residencia o lugar de trabajo un municipio declarado en nivel de alerta sanitario 4- Grado 2- , podrán ampliar la modalidad de trabajo no presencial hasta el máximo, en los puestos cuyas funciones puedan desarrollarse mediante esta modalidad de trabajo, siempre y cuando se garantice las prestación de servicios esenciales declarados en la Orden del Consejero de 15 marzo y sus posteriores ampliaciones, y se salvaguarde la continuidad del servicio de cada unidad administrativa".
SEGUIREMOS INFORMANDO
Información bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino
Información de las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.
- Resolución DE 14 DE ENERO DE 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19. Descargar
-TEXTO CONSOLIDADO de la Resolución de 14 de abril de 2020, por la que se establecen las bases que articulan el procedimiento de emergencia para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario en el marco de la emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19. (SIN VALIDEZ JURÍDICA). Descargar