Punto Primero: Aprobación de Actas de sesiones ordinarias de fechas 23/01/2026, 29/01/2026 y 27/02/2026, y de sesión extraordinaria de fecha 04/03/2026.

Se aprueban las actas.


Punto Segundo: Modificación de temarios (IAAP):

2.1. Cuerpo de Inspección de Servicios Sanitarios (A1.9000): especialidad Médica (A1.9001) y especialidad Inspección Farmacéutica (A1.9002).
2.2. Cuerpo de Subinspección Enfermería de Servicios Sanitarios (A2.4000).
2.3. Cuerpo de Turismo (A2.2017).

Se aprueban sin objeciones.



Punto Tercero: Convocatoria de Promoción Interna al nuevo Cuerpo Técnico de Gestión especialidad TIC (B1.2000).
Se aprueban sin objeciones.



Punto Cuarto: Información y previsiones sobre procesos selectivos (estado del CAP y convocatorias publicadas).

ACCESO LIBRE:

SAF:

  • Solicitamos, como en otras ocasiones, un calendario de previsiones, tanto de las convocatorias como de las fechas de realización de los exámenes.
  • Asimismo, solicitamos que se informe de si va a haber modificaciones de las pruebas, extendiendo los nuevos sistemas selectivos, con pruebas tipo test de competencias y prácticas, como, por ejemplo, han hecho en el CSF de Estadística, y la eliminación del ejercicio de desarrollo.
  • Respecto a las cuatro especialidades, reiteramos lo dicho en otras mesas: que las personas que pasen a las prácticas o al curso selectivo sean el 120 % de las plazas ofertadas, y no el 130 %, como ha ocurrido en las primeras convocatorias.


IAAP: En relación al calendario, indican que están planificando, no pudiendo ofrecer actualmente ninguna información sobre posibles fechas. Facilitan una tabla de previsión de celebración de ejercicios de Promoción Interna OEP 2025.

DGRHFP: Respecto de posibles cambios en los procesos, indican que esa cuestión se irán viendo convocatoria a convocatoria. Reitera lo expresado en otras mesas, que están realizando estos cambios de forma lenta, empezando por 4 cuerpos el año pasado y tendrán que analizar los resultados de este nuevo sistema. Facilitan una tabla de previsiones de procesos selectivos. Respecto al CAP, facilitan una tabla de plazas ofertadas.

SGAP: Respecto del número de personas que pasen a las prácticas o cursos selectivos, piensa que si el proceso es selectivo, tiene que haber un número mayor de plazas ofertadas, incluida las plazas del 20 %.


Desde SAF y en respuesta a las intervenciones de la Administración, expresamos lo siguiente:

  • Es necesario contar ya con un calendario anual de los procesos selectivos. El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ya lo realizó en su momento con más de un año de antelación, bajo la responsabilidad del actual SGAP, lo que permitió aportar certidumbre y planificación a los opositores. No entendemos porque en la AGJA no se puede conseguir lo mismo.
  • Los opositores necesitan certeza con tiempo suficiente; no pueden encontrarse en la convocatoria modificaciones de calado en el proceso. Únicamente hemos preguntado si se va a incorporar alguna de las nuevas pruebas (por ejemplo, test de comprensión verbal, etc.) a los procesos de acceso libre, que ya se están aplicando en las cuatro pruebas piloto.
  • Respecto de las prácticas selectivas o curso selectivos, reiteramos que el número de participantes debe ceñirse al 120 % (100 % plazas + 20 % adicionales), ya que no todo el mundo puede permitirse dejar su trabajo en el sector privado para cursar esta “prueba” de varios meses de duración. Una prueba más de edadismo en esta administración.

Punto Quinto: Información sobre el estado de tramitación del Decreto de Teletrabajo.

SGAP:

  • Expresa que es un decreto complejo y que ha tenido más de 2000 alegaciones con más de 4000 páginas.
  • Han tenido que ofrecer bastante aclaraciones para los informes preceptivos y vinculantes.
  • Sigue en trámite, y están pendiente del informe del Gabinete Jurídico y del Consejo Consultivo.
  • Indica que casi todo el trabajo de los últimos meses ha sido dirigido hacia el expediente del Decreto de Evaluación y Carrera y cuando se termine dicho expediente a finales de abril, dedicarán todo su esfuerzo terminar de tramitar el expediente del decreto de teletrabajo.

Desde el SAF nos tememos que el cálculo electoral pueda estar detrás de este retraso tan escandaloso



Punto Sexto: Información sobre el estado de tramitación del Decreto de Evaluación del Desempeño y Carrera Horizontal.

SGAP:

  • Expresa que tienen todos los informes favorables de Hacienda, pero está pendiente del informe del Gabinete Jurídico.
  • Indica que están en la fase final y que intentará poner el máximo esfuerzo la tramitación final. Hechas las adaptaciones del Gabinete, se enviará a la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras, teniendo este órgano que solicitar el informe al Consejo Consultivo. Espera que el Consejo Consultivo evacue el informe en poco tiempo. Indican que en otras ocasiones, han evacuado en 10 días, y siendo un expediente poco complejo esperan ese plazo.
  • Expresa que el expediente se inició en enero, y que están han hecho un gran esfuerzo posible, desde alegaciones, aclaraciones, hasta desarrollo tecnológico, fecha de abonos, etc.
  • Aún yendo con un mes de retraso con las fechas que se habían planteado, están dentro de los límites que se ha hablado en las mesas. Intentará ganar días en estas fases más técnicas, para que se envié a la Comisión General de Viceconsejeros a lo antes posible. Gabinete está haciendo un esfuerzo para recuperar los días mencionados.
  • Cuando tengan la respuestas del Consejo Consultivo, enviarán el texto definitivo a la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras, intentando que sea antes del 30 de abril, para su remisión a Consejo de Gobierno. Expresa que si cumplen sus previsiones, podría ser el 6 de mayo.
  • Existen cuestiones auxiliares y técnicas que son imprescindibles tenerlas listas para que de manera inmediata se pueda aplicar el decreto:
    • El encuadramiento inicial lo tienen casi cerrado, pero adelanta que la herramienta informática, la cual será muy sencilla. La tienen bastante avanzada. Emplazarán a las organizaciones sindicales a una demostración ( a finales de abril) y se publicará en el Portal del Empleo Público. Reitera que será de muy fácil uso sin tener que aportar datos, salvo error en el SIHRUS. El plazo se abrirá inmediatamente después de su publicación en BOJA.
    • La segunda herramienta es más de fondo, y es la de la Evaluación. Llevan meses trabajando con la ADA y la empresa desarrollada. La tienen también bastante avanzada y expresa que también es bastante sencilla. También nos harán una sesión informativa.



-Punto Séptimo: Información sobre la Instrucción de la SGAP relativa a la colegiación obligatoria.
En último lugar, se abordó la cuestión de la INSTRUCCIÓN 2/2026 DE LA SECRETARÍA GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, SOBRE LA COLEGIACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA.
Se trata de una instrucción que a nuestro juicio afecta claramente a las condiciones de trabajo de gran parte de nuestro colectivo al introducir un muchos casos un nuevo requisito, además de un coste económico para las personas afectadas.
La Administración dicta esta instrucción sin negociación previa con las organizaciones sindicales y sin que exista cambio normativo ni jurisprudencia reciente que lo justifique. Tenemos meridianamente claro que el origen de esta instrucción se encuentra en el compromiso adquirido por el Consejero Nieto en el I Foro de la Unión Profesional de Córdoba celebrado en noviembre del año pasado. En su nota de prensa la Unión Profesional se ufanaba de haber conseguido dar un “impulso de la colegiación como garantía de calidad y servicio público”.
Debemos señalar que la colegiación obligatoria otorga a los colegios profesionales una posición monopolística sobre el acceso a la profesión, lo que puede generar cuotas elevadas y escasa rendición de cuentas, especialmente cuando se exige a profesionales que trabajan exclusivamente para la Administración y que ya están sometidos a mecanismos públicos de control.
En Mesa Sectorial la Administración manifestó que la aplicación de la Instrucción (“que no regula, sino que aclara”) no es de aplicación hasta que no se definan los puestos de trabajo que deben contener esta colegiación y que no será de aplicación hasta que dicho requisito figure en la correspondiente R.P.T.
La postura del SAF fue de rechazo absoluto a la Instrucción y, en definitiva, a la colegiación de los funcionarios, advirtiendo que nos reservamos el ejercicio de las acciones jurisdiccionales que procedan en caso de la imposición de la misma. Asimismo, en caso de imponerse la misma, exigimos que los gastos de colegiación deberán correr de parte de la Administración y no suponer merma económica alguna por parte del personal funcionario.
Por otro lado, la DGRRHHFP afirmó que en ningún momento dicha obligación impedirá el acceso o la provisión de puestos de trabajo, y que la Administración no va a acometer ninguna acción al respecto, y conforme a la normativa estatal, solo comunicarán esa situación al colegio profesional. Según lo manifestado, el hecho de no estar colegiado no sera considerada infracción administrativa, ni por tanto sancionable. Es decir, la Administración identificará que puestos son de colegiación obligatoria, lo incluirá en RPT, y verificará su cumplimiento. Desde el SAF tenemos serias dudas de que la Administración no vaya a sancionar a aquellas personas que no lo cumplan con la “colegiación obligatoria” voluntariamente o por sanción disciplinaria de cada colegio.
Ante la presión sindical, la DGRRHHFP solicitó a las organizaciones sindicales que mandaran las observaciones al texto. Es una aberración que una vez dictada, sin comunicación oficial a los representantes de los trabajadores por la SGAP, se emplace en este momento a las organizaciones sindicales a su mejora.
En conclusión, el Consejero Nieto dispara con pólvora del rey al sentar las bases para obligar mediante esta instrucción a la colegiación forzosa de una parte importante del personal funcionario (con el consecuente coste económico que deberán soportar las personas afectadas) única y exclusivamente por un compromiso personal adquirido con la citada unión profesional.
El SAF estará muy pendiente de esta cuestión, siempre del lado del personal funcionario, frente a posibles abusos por parte de cargos que ceden ante las presiones de lobbys que buscando el beneficio propio a costa del bolsillo de nuestro colectivo.



Seguiremos informando

 

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