Asisten en representación de la Administración, los S.G.T. de las Consejerías proponentes (Empleo e Inclusión), el Director General de RRHHFP, la Subdirectora de esa D.G., la Jf Sv. de RPT y personal Técnico de los centros afectados.
En primer lugar queremos agradecer la intervención del Director General, y su aceptación y traslado de lo solicitado, en cuanto a la aportación por los Centros Directivos (a los que también agradecemos) con carácter previo a la MS de la información que incluya los cambios que se produzcan en la misma respecto de la propuesta como consecuencia del análisis de la Mesa Técnica.
En segundo lugar, y con carácter previo a los 2 puntos del orden del día, queremos dejar constancia que la postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad (PLD) y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo.
Ya todos somos conocedores de los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
Se mantiene dicho condicionante en ambos Puntos del Orden del día, por lo que por lo anteriormente expuesto no estamos conformes con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad (PLD), y aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos, por lo que no aprobamos ninguna de las propuestas presentadas.
PUNTO PRIMERO.- MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO (EXPTE. 201/25 Y EXPTE. 223/25)
Como se ha dejado constancia en las memorias elaboradas, la propuesta se basa en 2 expedientes:
Por un lado, y que lleva a la propuesta de modificación 201/25, existe la necesidad de cobertura de puestos relacionados con el área de Archivística tanto en los Servicios Centrales como en las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en aplicación y en cumplimiento de los artículos 41 y 43 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, y que la Consejería competente (Cultura y Deporte) insta a la creación, incorporación a la RPT, dotación presupuestaria, cobertura y ocupación. Queremos resaltar esto, ya que es importante que para cumplir con la Ley no solo es necesaria la creación de puestos, sino su cobertura y ocupación, en este caso de una Unidad Administrativa de Archivos encargada de las funciones de gestión de los Archivos centrales dentro del ámbito de organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía. (No se ha cambiado ni una coma)
Por otro, y que da lugar al Expte. 223/25, implica las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo en tres de sus centros de trabajo: concretamente en la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo en Sevilla a raíz del cierre del Centro Nacional de Formación Ocupacional “Guadalquivir”; en la Delegación Territorial en Cádiz por la necesidad de incorporación de una persona de mantenimiento dedicada específicamente al Centro “Punta de Europa” y al CMAC - SERCLA en la ciudad de Algeciras (Personal laboral que no debemos entrar en esta Mesa Técnica al no ser competencia de la misma) y por último, el cambio en la denominación del puesto Servicio de Promoción en la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral.
Expte. 201/25
Como se dijo en la Mesa Técnica, y tras la aportación de la memoria económica que se requirió, nos volvemos a encontrar con puestos creados sin dotación lo que supone una falsa imagen de lo que se pretende. Lo dijimos y lo repetimos, crear puestos sin dotación, es una falacia.
Ante la pregunta de cuando y que porcentaje se va a financiar con cargo a 2026,
solo se reseña con carácter general: “...que será financiado por la Consejería con sobrante en la plantilla presupuestaria del ejercicio 2025 de expedientes de dotación/desdotación como una primera fase inminente, formando parte el resto de puestos desdotados del estudio y planificación de la Consejería para el año 2026, de acuerdo con la Ley de Presupuesto del citado año”.
No se prioriza ni se aclara nada al respecto…
A este particular, el Director General nos dice que se va a exigir a los Centros Directivos proponentes que en aras de la transparencia y concreción, la previsión solicitada se incluya en todas las memorias que se trasladen. La SGT dice que no tienen presupuesto y que lo harán cuando puedan.
Los puestos relacionados con el área de Archivística tanto en los Servicios Centrales como en las Delegaciones Territoriales se construyen conforme a los puestos base homólogos en otros Centros Directivos, y vienen a recoger (en parte) la petición de la parte social del cumplimiento de la Ley propia de Andalucía 7/2011, y son puestos obligatorios. Lo que no es de recibo es que no estén dotados.
S.G.T: Se encuentra desdotado el 421410 Ay. Archivo-Archivo Central, y se crea otro Titulado/a Grado Medio de Archivística (A2.2013) Desdotado. Inaceptable e incumple lo reflejado en la memoria de incorporación a la RPT, dotación presupuestaria, cobertura y ocupación.
AL: Se encuentra desdotado el 8221310 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
CA: El 9375910 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
CO: El 9381210 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
GR: El 9382610 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
HU: El 9383510 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
JA: Se encuentra desdotado el 9392210 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
MA: El 8221910 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
SE: Se encuentra desdotado el 9392210 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
¿Cómo se va a hacer efectiva lo mandatado en la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, y lo establecido en sus Artículos 43.2 y 4?
Ya lo dijimos en Mesa Técnica, y mostramos nuestra disconformidad con la creación para todos los puestos de A1 y A2, se lleva en paralelo la supresión de puestos de “Administración Pública”. ¿Que sentido tiene esto si no estamos desdotando para financiar en otro puesto? Además esta operación absurda a nuestro modo de ver impide la posibilidad futura de dotar y convocar en ONC o Art. 129 para facilitar la conciliación de personal funcionario desplazado.
Nos contesta de nuevo el DGRRHHFP comentado que se produce para mantener en las RPT un % de desdotación razonables. Y por eso se eliminan los puestos. Por supuesto no estamos conformes.
Por último, no se han adaptado los puestos al LENGUAJE NO SEXISTA. Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en el Delegaciones Territoriales objeto de modificación.
Se vuelve a incumplir lo acordado de modificar por parte de la DGRRHHFP los puestos base al menos, tras la publicación de las listas definitivas de la 1ª O.N.C., tal como se dijo.
A este particular nos aclara la Subdirectora que se dijo tras la 1ª Convocatoria y no ONC, por lo que lo harán antes de la próxima de 2026.
Expte. 223/25
En primer lugar queremos agradecer la intervención del Director General, y su aceptación y traslado de lo solicitado, en cuanto a la aportación por los Centros Directivos (a los que también agradecemos) con carácter previo a la MS de la información que incluya los cambios que se produzcan en la misma respecto de la propuesta como consecuencia del análisis de la Mesa Técnica.
En segundo lugar, y con carácter previo a los 2 puntos del orden del día, queremos dejar constancia que la postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad (PLD) y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo.
Ya todos somos conocedores de los escritos de fecha 28 de julio de 2024 y de 27 de septiembre de 2024 que todas las organizaciones sindicales de la Mesa Sectorial de la Administración General de la Junta de Andalucía presentamos como documento conjunto ante esta DGRRHHFP, en el que manifestábamos nuestra posición tanto en Mesas Técnicas como en Mesas Sectoriales en relación a 2 apartados de las modificaciones de R.P.T. que se están presentando, y que afectan claramente - o mejor dicho - limitan la carrera administrativa del personal funcionario.
Se mantiene dicho condicionante en ambos Puntos del Orden del día, por lo que por lo anteriormente expuesto no estamos conformes con lo presentado, denunciamos que continua el abuso en la discrecionalidad (PLD), y aplicación de criterios que cercena la carrera administrativa sin estudio de afectación a Subgrupo en la creación de puestos, por lo que no aprobamos ninguna de las propuestas presentadas.
PUNTO PRIMERO.- MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO (EXPTE. 201/25 Y EXPTE. 223/25)
Como se ha dejado constancia en las memorias elaboradas, la propuesta se basa en 2 expedientes:
Por un lado, y que lleva a la propuesta de modificación 201/25, existe la necesidad de cobertura de puestos relacionados con el área de Archivística tanto en los Servicios Centrales como en las Delegaciones Territoriales de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en aplicación y en cumplimiento de los artículos 41 y 43 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, y que la Consejería competente (Cultura y Deporte) insta a la creación, incorporación a la RPT, dotación presupuestaria, cobertura y ocupación. Queremos resaltar esto, ya que es importante que para cumplir con la Ley no solo es necesaria la creación de puestos, sino su cobertura y ocupación, en este caso de una Unidad Administrativa de Archivos encargada de las funciones de gestión de los Archivos centrales dentro del ámbito de organización territorial de la Administración de la Junta de Andalucía. (No se ha cambiado ni una coma)
Por otro, y que da lugar al Expte. 223/25, implica las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo en tres de sus centros de trabajo: concretamente en la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo en Sevilla a raíz del cierre del Centro Nacional de Formación Ocupacional “Guadalquivir”; en la Delegación Territorial en Cádiz por la necesidad de incorporación de una persona de mantenimiento dedicada específicamente al Centro “Punta de Europa” y al CMAC - SERCLA en la ciudad de Algeciras (Personal laboral que no debemos entrar en esta Mesa Técnica al no ser competencia de la misma) y por último, el cambio en la denominación del puesto Servicio de Promoción en la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral.
Expte. 201/25
Como se dijo en la Mesa Técnica, y tras la aportación de la memoria económica que se requirió, nos volvemos a encontrar con puestos creados sin dotación lo que supone una falsa imagen de lo que se pretende. Lo dijimos y lo repetimos, crear puestos sin dotación, es una falacia.
Ante la pregunta de cuando y que porcentaje se va a financiar con cargo a 2026,
solo se reseña con carácter general: “...que será financiado por la Consejería con sobrante en la plantilla presupuestaria del ejercicio 2025 de expedientes de dotación/desdotación como una primera fase inminente, formando parte el resto de puestos desdotados del estudio y planificación de la Consejería para el año 2026, de acuerdo con la Ley de Presupuesto del citado año”.
No se prioriza ni se aclara nada al respecto…
A este particular, el Director General nos dice que se va a exigir a los Centros Directivos proponentes que en aras de la transparencia y concreción, la previsión solicitada se incluya en todas las memorias que se trasladen. La SGT dice que no tienen presupuesto y que lo harán cuando puedan.
Los puestos relacionados con el área de Archivística tanto en los Servicios Centrales como en las Delegaciones Territoriales se construyen conforme a los puestos base homólogos en otros Centros Directivos, y vienen a recoger (en parte) la petición de la parte social del cumplimiento de la Ley propia de Andalucía 7/2011, y son puestos obligatorios. Lo que no es de recibo es que no estén dotados.
S.G.T: Se encuentra desdotado el 421410 Ay. Archivo-Archivo Central, y se crea otro Titulado/a Grado Medio de Archivística (A2.2013) Desdotado. Inaceptable e incumple lo reflejado en la memoria de incorporación a la RPT, dotación presupuestaria, cobertura y ocupación.
AL: Se encuentra desdotado el 8221310 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
CA: El 9375910 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
CO: El 9381210 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
GR: El 9382610 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
HU: El 9383510 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
JA: Se encuentra desdotado el 9392210 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
MA: El 8221910 Ayudante archivo según efectivos reales de 07/11/2025, se encuentra dotado y vacante; y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna ocupación.
SE: Se encuentra desdotado el 9392210 Ayudante Archivo, y se crean 1 A1.2022 y otro A2.2013, ambos desdotados. Ninguna dotación
¿Cómo se va a hacer efectiva lo mandatado en la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía, y lo establecido en sus Artículos 43.2 y 4?
Ya lo dijimos en Mesa Técnica, y mostramos nuestra disconformidad con la creación para todos los puestos de A1 y A2, se lleva en paralelo la supresión de puestos de “Administración Pública”. ¿Que sentido tiene esto si no estamos desdotando para financiar en otro puesto? Además esta operación absurda a nuestro modo de ver impide la posibilidad futura de dotar y convocar en ONC o Art. 129 para facilitar la conciliación de personal funcionario desplazado.
Nos contesta de nuevo el DGRRHHFP comentado que se produce para mantener en las RPT un % de desdotación razonables. Y por eso se eliminan los puestos. Por supuesto no estamos conformes.
Por último, no se han adaptado los puestos al LENGUAJE NO SEXISTA. Por supuesto existen puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en el Delegaciones Territoriales objeto de modificación.
Se vuelve a incumplir lo acordado de modificar por parte de la DGRRHHFP los puestos base al menos, tras la publicación de las listas definitivas de la 1ª O.N.C., tal como se dijo.
A este particular nos aclara la Subdirectora que se dijo tras la 1ª Convocatoria y no ONC, por lo que lo harán antes de la próxima de 2026.
Expte. 223/25
- Lo mismo que en el otro expediente en relación a la creación de puestos sin su correspondiente dotación.
Es hora que Andalucía abandone la cada vez mas escasa lista de Comunidades Autónomas que permiten incorporar puestos de trabajo a su RPT sin que éstos cuenten con su correspondiente dotación presupuestaria. Desde SAF instamos a nuestro Gobierno autonómico a que siga los pasos de Comunidades como: Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana, Castilla León, Extremadura, Cataluña…y adapten la RPT de la Administración General de la Junta de Andalucía a la realidad a la que nuestro personal funcionario se enfrenta en cada concurso general, que no es otra que un largo listado de puestos creados y sin dotación presupuestaria.
Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria. Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
9172710 SV. PROMOCIÓN Y PLANIF. PRESUPUESTARIA (Modificación)
Mantenemos que ninguna de las funciones reflejadas justifica el sistema de la Libre Designación, y la nueva memoria confeccionada no lo motiva. (Por cierto, la memoria se llama Sv. Formación.pdf, y para buscarla ha habido que rastrear toda la información de MS ya que se decía se aportaba)
A pesar de ser una modificación a la que se le incluyen funciones de gestión presupuestaria y modificaciones presupuestarias, se justifica su provisión con el famoso genoma del funcionario de Ana María Vielba:
“sea necesaria también la valoración de otros factores y aptitudes que confieran en dichas personas las citadas competencias profesionales y habilidades en materias como la planificación, organización y gestión de proyectos, el trabajo en equipo y la capacidad de liderazgo, cuestiones que no se encuentran entre los factores requeridos del baremo habitual del sistema de provisión por concurso.”
Volvemos a recomendar a la Administración que se lea el artículo 79 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el cual determina en su primer párrafo: “El concurso, como procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso,aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico”. Y ya está.
- Se aporta la conformidad de los titulares de los puestos 8671710 y 1962620 traspasados del Centro Guadalquivir (Solo había 3 de Funcionarios).
Falta la del puesto 13658610 T.G.M. que está ocupado (según efectivos reales). Ante la respuesta que efectivamente sigue ocupado se nos va a aportar siendo una omisión de la documentación remitida por parte de la Consejería.
- Se suprime el puesto 8671710 DIRECTOR, ocupado con carácter definitivo, y se construye un puesto de Asesoría Técnica (19546510) (que por supuesto no
estamos conformes con la adscripción única) al que se supone se adscribirá, pero no figura en el expediente el Anexo II de puestos suprimidos y adscripción nueva, así como el carácter de adscripción al mismo. (Propuesta formato BOJA). No figura en el expediente ni en ninguna memoria a que Cuerpo, Opción u Especialidad se adscribe. No figura en la documentación aportada. Se deberá aclarar y aportar en la memoria descriptiva del puesto. Si no se aporta, no se puede comprobar esta adscripción por supresión de puesto y carácter de ocupación, para preservar el derecho de la funcionaria.
- Volvemos a solicitar ya que no estamos hablando de una dotación de puestos, y se ha puesto el factor de mayor dedicación a los puestos singulares (8672210, 1963920, 1963820, 1963020, 1962620, 2475220 y 2475120), entendemos que debería aplicarse también a los Puestos Base. En concreto, solicitamos se ponga dicho factor en: 7672510 AuxiliarAdministrativo/a; 12446210 Administrativo/a ; 13658610 Titulado/a Grado Medio
Como estamos jugando al “Monopoly”, no afectará a la memoria económica.
- Nos congratula que se haya modificado el puesto Un. Tramitación (antes 8672210 y nuevo 20432610 y elevado su Nivel a 22, así como que se mantiene en la doble adscripción. (A2-C1). Al parecer la herramienta permite hacerlo, a pesar que los órganos gestores dicen que ha sido capada esta opción por Función Pública.
Tras la explicación de la Subdirectora que se trata de un puesto que se va a modificar y mantener el código anterior, confirmamos que no es el sistema el que impide, sino la propia interpretación de la DGRRHHFP limitando el acceso a esos puestos sin ningún estudio sobre la incidencia en el personal ni en la carrera.
Por último, no se han adaptado los puestos al lenguaje no sexista. Y tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
DELEGACIONES TERRITORIALES
Volvemos a reclamar una mayor estructura y una mejora de los puestos adscritos a las D.T., pilar fundamental de la Administración en la atención directa al usuario y al
ciudadano en general, y estamos en contra totalmente de la política centralizadora del actual ejecutivo andaluz.
PUNTO SEGUNDO. MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD (EXPTE. 70/25 Y EXPTE.
Como indica la memoria general del Expte. 70/2025, “la presente propuesta supone una modificación parcial de la RPT del centro directivo Viceconsejería de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad con el objeto de crear y modificar puestos de trabajo para hacer posible una mejor racionalización de los recursos humanos adscritos funcionalmente a la ASSDA”
También dice que “la dependencia se encuentra en un momento de cambio con la implementación de un nuevo modelo andaluz de la dependencia y su consiguiente nuevo marco normativo” lo que supone que se haga imprescindible la adaptación de la RPT a la nuevas necesidades, que en los servicios centrales supone una revisión global…”
Y la del Expte. 309/2025 que no tienen Secretarías de Altos Cargos en D.T., que 1 Sv. Cambia de denominación (y no se aporta memoria del puesto con funciones y competencias), y varios puestos ocupados se distribuyen por otros Centros Directivos.
En ninguna de las dos se acomete el compromiso que con fecha 07/04/2025 el Secretario General Técnico asumió con esta OO.SS. al contestar a petición formulada que se estaban iniciando los trámites para dar el cumplimiento a las Recomendaciones recogidas en las Quejas ante el Defensor del Pueblo Andaluz números 13/6893 y 21/3281, relativas al reconocimiento del factor de peligrosidad/penosidad en el complemento específico de determinados puestos de trabajo del personal funcionario de los servicios de protección de menores de las Delegaciones Territoriales.
Se nos comentó en Mesa Técnica que estaban pendientes de respuesta a lo solicitado por parte de la DGRRHHFP. Solicitamos se nos informe sobre ese particular. De esta información ya se realizó una píldora informativa por la importancia de lo contestado y el hecho que la DGRRHHFP asume la introducción del factor peligrosidad-penosidad en protección de menores.
Saf - LA ADMINISTRACIÓN ASUME LA INTRODUCCIÓN DEL FACTOR PELIGROSIDAD-PENOSIDAD EN PROTECCIÓN DE MENORES
En resúmen, en lo presentado se formula una ampliación de puestos: 11 PLD (2 para carrera de puestos suprimidos) y 6 PC. Y se suprimen 2 puestos PC/SO desdotados. (119820 y 119920) sin justificación.
La postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo, que ya se hizo extensiva en la primera parte de la intervención.
EXPTE. 70/25:
CON CARÁCTER GENERAL
Por último, no se han adaptado los puestos al lenguaje no sexista. Y tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
DELEGACIONES TERRITORIALES
Volvemos a reclamar una mayor estructura y una mejora de los puestos adscritos a las D.T., pilar fundamental de la Administración en la atención directa al usuario y al
ciudadano en general, y estamos en contra totalmente de la política centralizadora del actual ejecutivo andaluz.
PUNTO SEGUNDO. MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DE LA CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS E IGUALDAD (EXPTE. 70/25 Y EXPTE.
Como indica la memoria general del Expte. 70/2025, “la presente propuesta supone una modificación parcial de la RPT del centro directivo Viceconsejería de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad con el objeto de crear y modificar puestos de trabajo para hacer posible una mejor racionalización de los recursos humanos adscritos funcionalmente a la ASSDA”
También dice que “la dependencia se encuentra en un momento de cambio con la implementación de un nuevo modelo andaluz de la dependencia y su consiguiente nuevo marco normativo” lo que supone que se haga imprescindible la adaptación de la RPT a la nuevas necesidades, que en los servicios centrales supone una revisión global…”
Y la del Expte. 309/2025 que no tienen Secretarías de Altos Cargos en D.T., que 1 Sv. Cambia de denominación (y no se aporta memoria del puesto con funciones y competencias), y varios puestos ocupados se distribuyen por otros Centros Directivos.
En ninguna de las dos se acomete el compromiso que con fecha 07/04/2025 el Secretario General Técnico asumió con esta OO.SS. al contestar a petición formulada que se estaban iniciando los trámites para dar el cumplimiento a las Recomendaciones recogidas en las Quejas ante el Defensor del Pueblo Andaluz números 13/6893 y 21/3281, relativas al reconocimiento del factor de peligrosidad/penosidad en el complemento específico de determinados puestos de trabajo del personal funcionario de los servicios de protección de menores de las Delegaciones Territoriales.
Se nos comentó en Mesa Técnica que estaban pendientes de respuesta a lo solicitado por parte de la DGRRHHFP. Solicitamos se nos informe sobre ese particular. De esta información ya se realizó una píldora informativa por la importancia de lo contestado y el hecho que la DGRRHHFP asume la introducción del factor peligrosidad-penosidad en protección de menores.
Saf - LA ADMINISTRACIÓN ASUME LA INTRODUCCIÓN DEL FACTOR PELIGROSIDAD-PENOSIDAD EN PROTECCIÓN DE MENORES
En resúmen, en lo presentado se formula una ampliación de puestos: 11 PLD (2 para carrera de puestos suprimidos) y 6 PC. Y se suprimen 2 puestos PC/SO desdotados. (119820 y 119920) sin justificación.
La postura de SAF es coincidente con los acuerdos de unidad sindical que formulamos ante el abuso de la discrecionalidad y la incidencia en la carrera administrativa del colectivo por la aplicación - sin haber realizado ningún estudio de afectación - a la adscripción única de los puestos de trabajo, que ya se hizo extensiva en la primera parte de la intervención.
EXPTE. 70/25:
CON CARÁCTER GENERAL
- Nos oponemos como se ha dicho en la primera parte de la intervención a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto de estos 2:
19466410 OFICINA COORDINACIÓN GENERAL (N.28)
19467610 OF. SUPERV. Y ORGANIZ. DEPENDENCIA (N. 28)
19467610 OF. SUPERV. Y ORGANIZ. DEPENDENCIA (N. 28)
- Nos oponemos también a la creación de puestos de N.30 que suponen una mejora en los anteriores y es una carrera horizontal encubierta:
19465810 SECRETARÍA GENERAL N.30. Preguntamos si está ocupada de nuevo ya que en M.T. se dijo que estaba cesado el titular. Se nos contesta que sí, así que tenemos otro privilegiado en esta subida retributiva.
19467410 A. DEPENDENC. Y AUTONOM. En este caso, es de libro la documentación que se aporta por parte de la Consejería ya que habíamos solicitado la puesta en conocimiento de lo propuesto a la “titular” del puesto.
Se dice...”Una vez resuelta la modificación de la R.P.T. se le adscribirá provisionalmente por el artículo 128.7 de la Ley de Función Pública para su posterior convocatoria” y adjudicación, por supuesto.
Estamos absolutamente en contra de la posibilidad de carrera horizontal sin marco legal para el personal que ocupa puestos PLD (se suprime puesto, se adscribe al creado provisionalmente, se publicita el nuevo, y se le adjudica al funcionario/a cesado/a), y no ser posible para el resto del personal funcionario que ocupa puestos PC y PC/SO hasta el desarrollo reglamentario.
Abuso de la discrecionalidad en estado máximo, y por lo tanto, privilegios de cierta parte del colectivo, frente a la inmensa mayoría.
Con ese documento referido antes, no se nos puede decir que no es así. - Tampoco compartimos la argumentación de la necesidad de creación de otro N. 30 (19086310 A. Planificación, Tecnología e Innovación) y mucho menos de su “importancia estratégica” y la justificación (que es de libro): “El desempeño de este puesto implica reunir determinadas habilidades...sin estar sometida a un baremo... por lo que entra en el ámbito de decisión de la persona titular del órgano proponente la elección”. Además de... “con objeto de observar el cumplimiento del perfil requerido para el puesto de trabajo, lo cual no se consigue con la selección mediante concurso con base en un baremo diseñado, dado que inciden factores subjetivos que no se contemplan en el mismo.” Genoma del funcionario.
- No estamos conformes como se dijo a la adscripción única del resto de puestos singulares o de estructura. Es criterio impuesto por la DGRRHHFP en “su” aplicación de la Ley 5/2023. En concreto: 19466810, 19467110, 19467310 y 19467910.
- Al puesto 19467310 Sc. Contratación, se le confecciona una nueva memoria y entre sus funciones se establece: “Elaborar informes, así como instruir y elaborar propuestas de resolución, respecto de los recursos contra la Agencia en materia de contratación”. Esta competencia le corresponde al 12480010 Oficina de
Contratación (N.28) de la que depende. - Solicitamos de nuevo que los puestos modificados de adscripción con el perfil jurídico (actualmente de N.23) que no estén dotados y por lo tanto ocupados, se efectúe su SUPRESIÓN y convertirlos en puestos homogéneos de Asesoría jurídica de N.25 XXXX_ 15.194,28 € como el resto de puestos de estas características.(ej. 17820, 17720, 17620, 17920, 18120, 18220), y quedar adscritos al Cuerpo A1.1300. En concreto los puestos de la propuesta 30720, 14708610, 30620 y 30520.
Disposición adicional duodécima de la L. 5/2023. Cuerpo Superior de Administración, especialidad Régimen Jurídico.
(...)
Disposición transitoria sexta. Personal funcionario del Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales o Administradores de Gestión Financiera.
El personal funcionario que, con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, accedió al Cuerpo Superior de Administradores, especialidad Administradores Generales o especialidad Administradores de Gestión Financiera, y que, con anterioridad a la citada fecha, se encontrara en posesión de las titulaciones establecidas en la disposición adicional quinta para la especialidad Régimen Jurídico del Cuerpo Superior de Administración, podrá ocupar los puestos de trabajo adscritos a dicha especialidad, de acuerdo con lo que determine la relación de puestos de trabajo.
Se deniega por el Director General de RRHHFP esta posibilidad ya que contesta que se realizará de la mano del futuro proceso selectivo y como “proyecto piloto”. Aún está la convocatoria pendiente, y mientras tanto no van a posibilitar este cambio.
- El resto, son los puestos suprimidos en origen que van a la Viceconsejería ya que por el artículo 4 del Decreto 6/2024 de 8 enero, la ASSDA se adscribe a dicho Centro Directivo (adscripción orgánica), desde S.G.T., D.G. Protección Social y Barriadas Act. Pref., D.G. Personas con Discapacidad y D.G. Pers. May. Part. Ac. y Sol. No Des. (Salvo los suprimidos 119820 y 119920 que se eliminan definitivamente, y sin justificación).
- JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA: No estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende.
Todos sabemos lo que significa: Desdotación de puestos PC y PC/SO para dotar los PLD`s.
Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario.
Por último, no se han adaptado los puestos al LENGUAJE NO SEXISTA.
Por supuesto existen muchos puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería que debería abanderar esta reivindicación histórica.
Y tampoco se han creado en esa Consejería la Unidad de Género reflejada en el I Plan de Igualdad “dotándola de los puestos de trabajo idóneos para llevar a cabo el impulso, coordinación y seguimiento de la perspectiva de género”, que se tienen que construir “en cada Consejería, Agencia administrativa y de régimen especial…”
EXPTE. 309/25:
CON CARÁCTER GENERAL
- Nos oponemos como se ha dicho en la primera parte de la intervención a la creación de puestos al amparo del art. 128 de la L. 5/2023 por debajo del Nivel 30. En concreto de estos 6:
19197810 SECRETARIO/A ALTO CARGO (AL)
19197910 SECRETARIO/A ALTO CARGO (CA)
19198010 SECRETARIO/A ALTO CARGO (CO)
19198110 SECRETARIO/A ALTO CARGO (GR)
19198210 SECRETARIO/A ALTO CARGO (HU)
19198310 SECRETARIO/A ALTO CARGO (MA)
Corregida la discrepancia en cuanto a denominación.
No estamos conforme con la adscripción única (C1) por lo expuesto en la introducción.
No estamos conforme con la adscripción única (C1) por lo expuesto en la introducción.
- No estamos conforme con la creación de puestos que supongan una falsa imagen de lo que se pretende. Lo hemos dicho siempre: Es una argucia no dotar los puestos, y sin embargo crear, bajo una promesa futura indeterminada. Todos sabemos lo que significa: Desdotación de puestos PC y PC/SO para dotar los PLD`s.
La memoria indica: “Los puestos que se crean, correspondientes a las Secretarías de los Delegados Territoriales, nacen desdotados. Irán siendo dotados con las desdotación de otros puestos ya existentes o con incrementos de la plantilla presupuestaria de esta Consejería en futuras anualidades”
Esto es inadmisible para esta organización sindical. Recordemos que la LPJA fue modificada por el actual ejecutivo para poder realizar esta operación, sin el marco presupuestario necesario. Desde el SAF nos oponemos a la creación en RPT de puestos sin dotación presupuestaria.
CASOS CONCRETOS.
Puestos de trabajo creados o modificados que entendemos no se justifican, o se puede vulnerar la norma y el procedimiento.
CASOS CONCRETOS.
Puestos de trabajo creados o modificados que entendemos no se justifican, o se puede vulnerar la norma y el procedimiento.
- 9916810 Sv. Voluntariado (S.G. FAMILIAS, IGUALD, VIOL GEN Y DIVERS) No se remite la memoria individual del puesto modificado solicitada en M.T. por cambio de funciones y explicando las competencias que tiene dentro de la estructura. “Adecuar la denominación a las funciones que se desarrollan en el mismo”. Volvemos a solicitar que nos la remitan con carácter urgente, ya que se incumple la Instrucción 2/99.
- TRASPASO DE PERSONAL: 161120, 6871110, 615820, 102720, 114220
Son puestos dotados, y ocupados según consta en los Efectivos Reales de los Centros Directivos afectados. Se aporta la comunicación al personal funcionario y la aceptación por parte de los mismos del cambio que se pretende con el cambio de funciones y centro directivo.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA. Por supuesto existen muchos puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería que debería abanderar esta reivindicación histórica. (como se dijo con anterioridad en la otra propuesta)
Se tendrá que valorar tras la Mesa Sectorial volver a presentar nueva denuncia al Gobierno Central del incumplimiento por parte del gobierno autonómico de la normativa básica en materia de igualdad, para que aquel proceda a actuar vía judicial y administrativa.
Por último, NO SE HAN ADAPTADO LOS PUESTOS AL LENGUAJE NO SEXISTA. Por supuesto existen muchos puestos sin adaptar al lenguaje no sexista en la simulación de la propuesta de la Consejería que debería abanderar esta reivindicación histórica. (como se dijo con anterioridad en la otra propuesta)
Se tendrá que valorar tras la Mesa Sectorial volver a presentar nueva denuncia al Gobierno Central del incumplimiento por parte del gobierno autonómico de la normativa básica en materia de igualdad, para que aquel proceda a actuar vía judicial y administrativa.
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