Procedimiento técnico y objetivo para valorar la conducta profesional, el rendimiento y la contribución al logro de resultados. Se articula en una dimensión individual y otra colectiva.
Se aplica al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía, incluido el personal interino, siempre que exista desempeño efectivo suficiente.
Transparencia, objetividad, fiabilidad, periodicidad, adaptación a las funciones, imparcialidad, no discriminación, publicidad e igualdad de oportunidades.
Aporta información, completa su autoevaluación, presenta el portafolio de desempeño y participa en las entrevistas y en el Plan de Mejora.
Con carácter general, la jefatura de servicio. Fija compromisos, realiza entrevistas, valora rendimiento y competencias y emite el informe.
Apoya el proceso de doble validación junto con la persona evaluadora, favoreciendo objetividad y equidad en la evaluación.
Órgano técnico que garantiza coherencia, tramita alegaciones y eleva la propuesta de resolución a la Consejería.
Se fijan objetivos, indicadores y criterios de calidad del período evaluable (mínimo 3, máximo 8 objetivos).
Supervisión y retroalimentación constante mediante herramientas corporativas y trazabilidad de objetivos en tiempo real.
Cabe formular alegaciones en 5 días hábiles. El Órgano Técnico de Revisión informa y la Administración dicta resolución (máx. 3 meses).
La persona evaluada presenta evidencias, valora su propio desempeño y se revisan resultados junto al evaluador/a.
El/la evaluador/a emite el informe con las valoraciones de rendimiento, competencias básicas y dimensión colectiva.
| Sujeto evaluado | Dimensión individual |
Dimensión colectiva |
|---|---|---|
| 🏅 Personal funcionario (general) | Hasta 85% | Mín. 15% |
| 👔 Jefaturas de servicio | Hasta 75% | Mín. 25% |
La evaluación positiva es condición necesaria para percibir la retribución variable anual vinculada al desempeño. Proporcional a la puntuación obtenida. Efectos económicos desde 2029-2030.
Si se detectan áreas de mejora, se establece un Plan de Mejora Individual. La primera evaluación negativa da lugar a un programa de formación específico (carácter voluntario para el evaluado/a).
Tres resultados negativos consecutivos pueden dar lugar al inicio del procedimiento de remoción del puesto obtenido por concurso, previa audiencia de la persona interesada.
Alegaciones, revisión por órgano técnico colegiado, seguimiento sindical (con voz en el Órgano Técnico de Revisión), confidencialidad y tratamiento agregado de resultados.